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ASESORIA EN PENSION ALIMENTICIA
- Consulta : 115617
- Autor : miztli0605_NR
- Publicado : Lunes 06 de Junio de 2011 15:28 desde la IP: 201.122.56.8
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,072
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 06 de Junio de 2011
Estado de Referencia: Distrito Federal
Hola, Buenas Tardes!!
Les pido asesoria sobre el tema de la Pension Alimenticia por favor.... Mi pareja y yo hemos tenido una relación por 8 años y de ellos tuvimos 2 hijos, de 6 y 4 años este bebe lo hemos perdido hace poco tiempo por un accidente..... mi pareja y yo solo vivimos cerca de 7 meses juntos en los 8 años, y ahora me entero que tiene otra familia y otro bebe de casi la misma edad del que perdimos, el nunca me ayudo en pagos de los bebes en todo el tiempo, de hecho adquirimos un prestamo para levantar la construcción de un departamento en el terreno de mi mama y yo he cargado con todos los gastos de ello, el siempre manejo que tenia a su padre enfermo y tenia que darle dinero para que saliera adelante, y antes de yo tener una relacion con el, el fue casado y tambien su esposa le demando pension alimenticia y por esos motivos según el no daba dinero a la casa por que esos gastos le quitaban la mayor parte de su sueldo..... podrian asesorarme en que me puede ayudar, tanto de alimentos a la nina, gastos de doctor, y si me puede ayudar en terminar de pagar el prestamo que adquirimos para la vivienda?, Espero Su respuesta y su asesoria..... de Antemano mil gracias.....
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 226340
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Fecha de respuesta: Lunes 06 de Junio de 2011 15:45 2011-06-06 15:45 desde IP: 187.194.7.159
busca un abogado especialista en derecho familiar, no un “abogado”, no un “buen abogado”, un especialista en DERECHO FAMILIAR; …..Puedes también acudir a las universidades, del estado o privadas que tienen escuela de derecho, en el departamento de servicio social le asignaran un pasante que puede ayudarte a resolver tu asunto, puedes también acudir a un partido político, el que sea, ahí tienen SECRETARIA DE ACCION Y GESTION SOCIAL y ellos tienen abogados que se encargan de estos asuntos; puedes recurrir a los servicios profesionales y gratuitos de los DEFENSORES DE OFICIO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE TU ESTADO, o de otras dependencias de gobierno, o Instituciones como es el caso de los servicios gratuitos.- - - -Como ya tengo expresado, busca un abogado especialista en derecho familiar, no un “abogado”, no un “buen abogado”, un especialista en DERECHO FAMILIAR; …..Si… ya me dijeron que no haga tanta publicidad a los bufetes jurídicos gratuitos porque están saturados y luego no cumplen... pero nada le quita tratar de asesorarse antes de contratar un abogado.... e s p e c i a l i s t a.... suerte
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Autor
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AutorRespuesta No: 226342
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Fecha de respuesta: Lunes 06 de Junio de 2011 15:57 2011-06-06 15:57 desde IP: 189.233.31.194
Mi estimada consultante Miztli0605
Mire, si esta persona reconoció a su hijo, y dado a que se ubica en el Distrito Federal, puede hacer lo que a continuación le detallo, pero si no lo reconoció, entonces requiere primero demandar el reconocimiento de paternidad de la persona que refiere, y como prestación subsidiaria el pago de los alimentos.
Si no cuenta con recursos, acuda a la defensoría de oficio, a efecto de que le asignen un abogado quien le llevará su asunto en forma gratuita.
Justicia del Distrito Federal.
SERVICIO
PENSIÓN ALIMENTICIA POR COMPARECENCIA.
Por Acuerdo 22-5/97, de fecha 14 de febrero de 1997, se inicia el
trámite de Pensión Alimenticia por Comparecencia. Se trata de un trámite Unipersonal y los acreedores sólo con el hecho de reunir ciertos requisitos necesarios, ésta área expide una ficha en la que se asigna de manera sistematizada y aleatoreamente Juzgado en turno en materia Familiar y número de expediente, de ésta manera el solicitante acude de inmediato al Juzgado respectivo a efecto de que inicie la comparecencia y así poder continuar con el procedimiento.
REQUISITOS
- Acta de Nacimiento de los menores.
- Acta de Matrimonio si es casada.
- Identificación Oficial con fotografía.
- Domicilio de la parte solicitante.
- Domicilios del demandado, particular y laboral.
- Cualquiera de los domicilios solicitados tendrá que ser dentro del Distrito Federal.
TIEMPO DE ELABORACIÓN DE LA FICHA Y ASIGNACIÓN DE JUZGADO EN TURNO POR ESTRICTO CONTROL.
Aproximadamente de 5 a 7 minutos.
DIRECCIÓN
AV. Juárez Número 8 Col. Centro Primer Piso Oficialía de Partes Común para Juzgados en materia Familiar.
HORARIO DE RECEPCIÓN
De Lunes a Viernes de 9:00 a 21:00 horas
Es importante hacer notar, que si la ficha se procesa después de las 14:00 horas, la solicitante acudirá al Juzgado asignado en turno al
otro día, a efecto de que se levante la comparecencia.
COSTO
El trámite es completamente GRATUITO.
USUARIOS Público en general, principalmente mujeres.
FUNDAMENTO LEGAL
Artículo 65 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal.
Acuerdo 22-5/1997 de fecha 14 de febrero de 1997, del H. Consejo de la Judicatura del Distrito Federal.
SALUDOS Y MUCHA SUERTE
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