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PENSION ALIMENTICIA
- Consulta : 115609
- Autor : blue_7187_NR
- Publicado : Lunes 06 de Junio de 2011 15:05 desde la IP: 187.137.106.57
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,070
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 06 de Junio de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 226335
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Fecha de respuesta: Lunes 06 de Junio de 2011 15:12 2011-06-06 15:12 desde IP: 189.233.31.194
Mi estimada consultante Blue_7187:
Mire, puede demandar el reconocimiento de paternidad de la persona que detalla, y como prestación subsidiaria el pago de los alimentos.
Si no cuenta con recursos, acuda a la defensoría de oficio de su comunidad (San Luis Potosi), a efecto de que le asignen un abogado quien le llevará su asunto en forma gratuita.
SALUDOS Y MUCHA SUERTE
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