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ART.47 FRACC II, III Y IV

  • Consulta : 115467
  • Autor : isabelhermar2_NR
  • Publicado : Domingo 05 de Junio de 2011 03:38 desde la IP: 201.152.162.158
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,083
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  • Autor
    Consulta

  • isabelhermar2_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: San Luís Potosí

    Hola, un cordial saludo a todos los abogaso son formidables.  un trabajador sindicalizado con 26 años de antiguedad el patron puede aplicar el Art 47

    fracc II, III y IV debido a un correo electronico que recibio el patron donde le informan que hace 10 años una mujer recibia llamadas de telefonos publicos no le decian nada solo llamaban y colgaban y ella era la novia (no esposa) en ese tiempo, de un compañero del trabajador, pueden comprobar que el trabajador hacia esas llamadas, el siente violencia sicologica ya que los rumores y comentarios de los jefes y de los compañeros empiezan a molestarlo.

    que puede hacer para defenderse, ya que el no realizo dichas llamas

    en la actualidad un jefe esta recibiendo este tipo de llamadas y lo culpan a el por el reporte que llego, yo le digo que todos hemos recibido en algun momento este tipo de llamadas, que se pudiera hacer para detener esta situación. hay otra persona que dice que vio al trabajador en un telefono publico eso es base para decir que el hizo las llamadas. 

    Gracias por sus atenciones. 

     

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