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TERMINO MI CONTRATO FINIQUITO

  • Consulta : 115433
  • Autor : gufi2604_NR
  • Publicado : Sábado 04 de Junio de 2011 17:38 desde la IP: 189.195.37.72
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,240
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  • Autor
    Consulta

  • gufi2604_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Baja California Sur

    hola mira tengo 8 meses trabajandoy e firmado 2 contratos y ya no me van a dar otro me podrias porfabor informar cuanto me deven de dar de finiquito  grasias por tu tiempo atte roberto

     

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  • Autor
    Respuesta No: 226139

  • SERGIO A
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     

    Respecto al tema la Ley Federal del Trabajo dice:

    “…Artículo 35.- las relaciones de trabajo pueden ser para obra o tiempo determinado o por tiempo indeterminado. A falta de estipulaciones expresas, la relación será por tiempo indeterminado…”

    “…Artículo 37.- EL SEÑALAMIENTO DE UN TIEMPO DETERMINADO PUEDE ÚNICAMENTE ESTIPULARSE EN LOS CASOS SIGUIENTES:

    I. Cuando lo exija la naturaleza del trabajo que se va a prestar; (Por ejemplo trabajadores eventuales en hoteles en temporada alta, Plantas maquiladoras de camarón en temporada de zafra, etc.)

    II. Cuando tenga por objeto substituir temporalmente a otro trabajador; y

    III. En los demás casos previstos por esta ley…” (Explotación de ciertos minerales; deportistas profesionales; trabajadores actores y músicos que actúen en teatros, cines, centros nocturnos o de variedades, circos, radio y televisión, salas de doblaje y grabación, o en cualquier otro local donde se transmita o fotografíe la imagen del actor o del músico o se transmita o quede grabada la voz o la música, cualquiera que sea el procedimiento que se use; y médicos residentes).

    Nota. Los textos entre paréntesis son míos.

    Por lo anteriormente expuesto, si usted no esta entre estos supuestos, no hay fundamento legal para haber celebrado contrato por tiempo determinado y legalmente su relación es por tiempo indeterminado y todo indica que lo hicieron para restringirle sus derechos laborales y entonces creo que antes de hablar con el patrón, debe reunir discretamente pruebas de preferencia documentos, de su relación laboral, pues al despedirle, eso le servirá para demandar despido injustificado. Si no puede contratar un abogado, puede recurrir a solicitar asesoría a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (teléfono desde el interior de la República lada sin costo 01800 7172 942).



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