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DERECHOS COMO INQUILINO
- Consulta : 115086
- Autor : Marielavc
- Publicado : Miércoles 01 de Junio de 2011 20:00 desde la IP: 187.178.39.221
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,223
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 01 de Junio de 2011
buenas tardes, tengo una guarderia(Estancia de la red de sedesol) tengo cerca de 3 años rentando el inmueble de dicho negocio estoy al corriente en el pago de mi renta, y le he invertido mucho dinero a la finca en adecuaciones, hoy me avisaron de forma verbal, que la quieren desocupada para el 24 de agosto dia en que vence el contratao que se ha hecho cada año, pues argumenta la dueña quiere vender, le pedi la opcion de yo comprar y pide algo desproporcionado 2millones y medio cuando ni siquiera tiene escrituras, pues era terreno ejidal, y las fincas cercanas osilan entre 1 y uno y medio, al ser un negocio no es tan facil reubicarme sin que afecte, al negocio, mi pregunta es que derecho tengo en cuanto tiempo para desalojar, o que podria hacer nunca con intencion de no pagar ni nada de eso sino de poder continuar con mi negocio y que se afecte lo menos posible pues no podrian seguirme tan facil los 70 alumnos que tengo. mucas gracias de antemano por su asesoria
Psic. Mariela Villaseñor
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 225611
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Fecha de respuesta: Miércoles 01 de Junio de 2011 20:10 2011-06-01 20:10 desde IP: 189.234.193.254
1...si no es por escrito... no hay tal solicitud...de desocupación... la que debe ser por medio de un juzgado y 30 dias antes de la fecha de terminación del contrato...tu abogado sabe que hacer...
2...si estas al corriente en el pago de la renta.... tienes derecho POR UNA SOLA VEZ... a que el contrato se prorrogue...una vez vencido ...por un termino igual..pagando renta mas el incremento que la ley de arredamiento local señala...tu abogado sabe que hacer...
3...si vende y no te avisa por escrito que va a vender y te da la opción de compra... tienes derecho al tanto....ese se mide en base a la ley local... tu abogado sabe que hacer...pero solo funciona si se vende y no te avisa... POR ESCRITO...y que tu le firmes de recibido ese escrito... que puede llegar por medio de un juzgado o de un notario público... tu abogado sabe que hacer...
4...otra opción... es mandar hacer un peritaje valuatorio de inmueble....consignarle la cantidad de ese peritaje... como opción de compra... y tiene tres dias para aceptar o no en forma judicial... lo que haces porque te has enterado que vende....tu abogado sabe que hacer...
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