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¿PUEDEN INSCRIBIRSE LOS JUICIOS DE USUCAPIóN EN EL RPPC?
- Consulta : 114923
- Autor : nr_NR
- Publicado : Martes 31 de Mayo de 2011 15:51 desde la IP: 187.171.44.163
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,246
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 31 de Mayo de 2011
Estado de Referencia: Tlaxcala
Foristas,
Estoy por promover demanda de Usucapión, quisiera inscribir dicho juicio en el RPPC como anotación marginal del predio a usucapir,
¿Se puede? No encuentro fundamento que lo permita, ni que lo impida.
Gracias anticipadas por sus comentarios.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 225442
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Fecha de respuesta: Martes 31 de Mayo de 2011 19:26 2011-05-31 19:26 desde IP: 187.171.47.50
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Autor
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AutorRespuesta No: 225449
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Fecha de respuesta: Martes 31 de Mayo de 2011 21:07 2011-05-31 21:07 desde IP: 187.158.189.33
Desde luego que se puede. Es una petición frecuente y conocida en todo tipo de juicios en los que se buscan dirimir cuestiones sobre posesión y derechos reales sobre inmuebles.
Saludos cordiales.
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Autor
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AutorRespuesta No: 225451
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Fecha de respuesta: Martes 31 de Mayo de 2011 21:16 2011-05-31 21:16 desde IP: 201.114.206.253
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Autor
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AutorRespuesta No: 225452
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Fecha de respuesta: Martes 31 de Mayo de 2011 21:16 2011-05-31 21:16 desde IP: 187.171.47.50
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AutorRespuesta No: 225454
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Fecha de respuesta: Martes 31 de Mayo de 2011 21:36 2011-05-31 21:36 desde IP: 187.158.189.33
Estimado Tango210:
No es de uso frecuente tratándose de juicios universales, excepto en los casos de sucesiones testamentarias con legados especiales sobre inmuebles o derechos reales sobre inmuebles, pero estimo que, en general tratándose de juicios hereditarios está en el interés del Albacea solicitar este tipo de medida preventiva con base a las atribuciones, funciones y responsabilidades inherentes a la buena administración del patrimonio hereditario.
Saludos muy cordiales nuevamente.
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AutorRespuesta No: 225473
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Fecha de respuesta: Martes 31 de Mayo de 2011 22:58 2011-05-31 22:58 desde IP: 189.234.193.34
el fundamento es el artìculo del pacto federal....
en lo civil.... busca el artìculo 3047 en relaciòn con el 1156 del codigo civil del df... y su simil en el de tu estado....
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AutorRespuesta No: 225474
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Fecha de respuesta: Martes 31 de Mayo de 2011 22:59 2011-05-31 22:59 desde IP: 189.234.193.34
en los juicio suscesorios... el albacea puede pedir la inscripciòn al efecto de evitar que los herederos vayan o pretendan dilapidar los bienes....
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AutorRespuesta No: 225558
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Fecha de respuesta: Miércoles 01 de Junio de 2011 16:56 2011-06-01 16:56 desde IP: 189.142.170.93
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