- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
INCIDENTE COSTAS
- Consulta : 113788
- Autor : nr_NR
- Publicado : Lunes 23 de Mayo de 2011 12:39 desde la IP: 189.188.72.43
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,080
-
AutorConsulta
-
Publicado el Lunes 23 de Mayo de 2011
Estado de Referencia: Estado de México
Buenas tardes,
Soy pasante de derecho, quiero saber si para presentar un incidente de liquidaciòn de costas, ¿se debe notificar en el domicilio de la parte condenada? o solo con que se presente el escrito en el juzgado ellos se deben apersonar y ¿es por cuerda separada?
Estoy en el Estado de México
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 224304
-
Fecha de respuesta: Lunes 23 de Mayo de 2011 12:48 2011-05-23 12:48 desde IP: 187.141.50.114
Quetal buenas tardes:
Si estas demandando ante un Juzgado Civil...el Juzgado Notificara a la otra parte en el domicilio particular que hayas dado en tiempo y forma.
la otra parte se puede realizar de manera extra-judicial en el domicilio que tu señales y entonces si tendrias que ir de manera personal a notificarle a la otra parte para convenir.
te recomiendo veas el codigo de procedimientos civiles. suerte
-
Autor





