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BAJO QUE CARGOS ME PUEDEN ACUSAR? Y SU VALIDEZ ES DE 1 AñO 0 3 AñOS?

  • Consulta : 113263
  • Autor : Charly16
  • Publicado : Miércoles 18 de Mayo de 2011 23:23 desde la IP: 189.215.180.181
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,080
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  • Autor
    Consulta

  • Charly16
    USUARIO REGISTRADO

    Hola espero me puedan ayudar tengo un problema, en noviembre del 2009 firme un pagaré (de papeleria) por 15 mil pesos, con fecha limite de Enero del 2010.

    Mi duda es  bajo que cargo me puden acusar o requerir?

    Y me dicen algunas personas que la fecha de validez es de un año despues de la fecha de pago?

    Por falta de dinero no lo he pagado y la persona me esta pidiendo el pago  con intereses y no se que hacer?

    Gracias por sus atenciones.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 223767

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    No lo pueden acusar, lo pueden demandar por la vía  ejecutiva mercantil, la acción prescribe  a los tres años posteriores a la fecha de vencimiento del título de crédito, por lo que está vigente la acción. La acción es la cambiaria directa ante un Juez de cuentía menor, que lo condenará a pagar la suerte principal, los intereses pactados, los gastos y costas y si el abogado en bueno el Impuesto al Valor Agregado.



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