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PROCESO PENAL
- Consulta : 112747
- Autor : juarista.1_NR
- Publicado : Domingo 15 de Mayo de 2011 08:43 desde la IP: 189.188.224.244
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,074
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 15 de Mayo de 2011
Estado de Referencia: Oaxaca
Buenas tardes, mi consulta es la siguiente tengo un amigo que fue detenido en cumplimiento de una orden de aprencion derivada de un homisidio culposo, pues el, es chofer de transporte de pasajeros y devido a la reforma del codigo penal no alcaza fianza por ser delito grave. El no ha aportado ningun elemento para su defenza. La empresa con la que trabaja ha sacado el camion en la avericguacion previa con el dinero que le dio mi amigo para la reparacion del daño pues lo engañaron diciendole que con ese dinero el tambien iba ha quedar sin problemas. El unico señalamiento que tiene es por parte del encargado de la empresa que dice que mi amigo era el encargado de la unidad del accidente. La pregunta que deceo hacerles es la siguiente. Que procede interponer el amparo, apelacion o seguir el juicio? . Les agradesco de antemano su ayuda.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 223340
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Fecha de respuesta: Domingo 15 de Mayo de 2011 11:51 2011-05-15 11:51 desde IP: 189.138.140.58
bien, si se trata de transporte publico de pasajeros debes de checar que la empresa por ley cuente con un seguro de daños a terceros, si cuenta con ese seguro debera exigirle a la empresa para que este a su vez le pida a la aseguradora se haga responsable del siniestro que mencionas, y asi lograr que garantice los daños causados, ademas deberias verificar si el delito por el que se encuentra detenido, el codigo procesal penal del estado donde te encuentras se tipifica como delito grave, ya que los delitos culposos en la mayoria de las legislaciones al garantizar la reparacion del daño, puedes obtener un beneficio de ley. podria presentarse una demanda de amparo siempre que se hayan violado sus garantias de tu amigo, como por ejemplo el beneficio que señale la legislacion vigente, y otra recomendacion buscar la asesoria que no sea con personal de la empresa ya que estos buscaran el beneficio de la empresa y no de tu amigo.
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Autor
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AutorRespuesta No: 223354
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Fecha de respuesta: Domingo 15 de Mayo de 2011 12:45 2011-05-15 12:45 desde IP: 187.194.52.204
si ya fueron cubiertos los daños a terceros por el particular... por lo cual se recupero al unidad... el seguro ya no responde...
serà seguir el juicio por el delito de homicidio culposo... si es que fue asì... y buscar la descalificaciòn de los elementos del deltio para que proceda la libertad caucional....tu abogado penal sabe que hacer...
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