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PENSION CON LA LEY 73
- Consulta : 112701
- Autor : alelara_NR
- Publicado : Sábado 14 de Mayo de 2011 14:38 desde la IP: 189.159.191.245
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,073
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 14 de Mayo de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 223281
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Fecha de respuesta: Sábado 14 de Mayo de 2011 14:52 2011-05-14 14:52 desde IP: 189.233.30.193
Mi estimado (a) consultante Alelara
Mire, de 1984 a 2007 son 23 años cotizando ante el IMSS.
Ahora bien, la normatividad aplicable establece que la conservación de derechos es la cuarta parte del tiempo laborado, de tal suerte que entonces se supone que tiene de conservación de derechos 5.75 años desde que dejó de laborar, siendo que en este sentido, se supone que si ya cuenta con 60 años de edad, y desde luego supera por mucho las 500 semanas cotizadas que nos exige la ley de 1973, entonces se supone que no tiene que haber ningún problema para acceder a su pensión.
Lo anterior, es siempre y cuando efectivamente sean los antecedentes con los que cuenta ante el IMSS, y la única forma de poder comprobarlo, es que solicite un Cerificado de Conservación de Derechos ante esta Institución, mismo que no le cuesta nada y se lo dan rápidamente, para que en este sentido poder saber que estos son los datos reales con los que cuenta actualmente, los cuales se podrán ver en el documento que le señalo.
SALUDOS Y MUCHA SUERTE
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