Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

EL COMPRADOR DE LA CASA SE ARREPINTIO, QUE PASA CON EL ANTICIPO?

  • Consulta : 112512
  • Autor : rossycarreon_NR
  • Publicado : Jueves 12 de Mayo de 2011 19:03 desde la IP: 189.160.57.175
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,232
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • rossycarreon_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León

    Hola que tal, estoy ayudando a mi hermano a vender su casa en la ciudad de Monterrey, ya que el se encuentra en otro estado. Me otorgo una carta poder para tal hecho.

    La situacion es esta, un comprador, nos otrogo un anticipo de 25000 pesos para separar la compra de la casa, ya que ella apenas iba a tramitar su credito infonavit, segun ella "le urgia" la casa, ya que como estaba ubicada en su misma colonia la queria para que sus papas fueran a vivir ahi. Se hizo la transacción de "separar la casa" con el mencionado anticipo. Tanto yo como ella, firmamos un escrito donde nos comprometiamos a que en caso de cancelación por cualquiera de las dos partes, se haria una penalización de 5000 pesos. Al cabo de 3 o 4 dias de haber llevado a cabo el trato decidio que "siempre no" quieren la casa, ya que es muy chica, siendo que ya la habian visto y que incluso ella, vive en una vivienda de las mismas proporciones.

    La situación es que ella comprendiendo que habia sido ella, quien habia faltado al compromiso de compra, sugirio que podiamos entregarle el dinero de su anticipo (excepto la penalizacion, claro esta) hasta que la casa se vendiera. Ahora quiere que yo, aparte de el escrito que le firme, le firme un pagare donde me comprometo a pagarle ese dinero, y que en caso de que la casa tarde mas de 2 meses en venderse se le entregue el dinero a la brevedad, o que en su defecto, se le paguen intereses por ese dinero, ya que segun ella, ya en ese caso seria como un prestamo.

    El dinero, asi como yo lo recibi, se lo deposite a mi hermano, y el a su vez lo deposito en una cuenta a plazos fijos. Platicando con mi hermano, le sugeri que porque no entregarle lo que el tuviera disponible y el resto tratarlo como habiamos quedado en un principio hasta la venta de la casa.

    Que procede en este caso, es correcto entregar el dinero hasta que se concrete la otra transaccion ya que ella fue la que incumplio con el compromiso? O somos nosotros quienes no estamos cumpliendo con no entregarle su anticipo?

     Agradeceria muchisimo su ayuda.

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 223050

  • Lic. Ocampo
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Buenas Noches rossycarreon_NR:

    Lo que le recomiendo que haga es que le entreguen el dinero para evitar que se lo reclamen judicialmente, y claro menos el dinero de la penalización y podría evitarse algún problema judicial o bien demandae el incumplimiento de contrato.

    Si desea mayor apoyo de click en mi oficina y le asesorare con gusto a fondo.

    Saludos.

    Lic. Ocampo



  • Autor
    Respuesta No: 223052

  • ABOGADO1982
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Todo depende del "escrito" ,convenio o contrato que firmaron.

    Es procedente el hecho que le haga usted efectiva la penalización, pues ese fue el acuerdo al que llegaron, solo me gustaría saber si estipularon la forma y el término en el cual usted debía regresarle el resto del anticipo. Si no señalaron fecha alguna para esta cuestion en el convenio, contrato o escrito que usted refiere, entonces se deben sujetar a las disposiciones que el código civil para el estado de Nuevo León establezca.

    Por otro lado, es decisión suya si le firma o no el pagaré que le solicita, sin embargo, yo le aconsejo que no lo haga, mejor si la persona quiere una garantía de que usted le va a pagar, extiendale una copia del escrito, convenio o contrato que suscribieron, porque a fin de cuentas en ese mismo documento usted se comprometió a devolver la cantidad que resultara despues de hacer efectiva la penalización, y si por alguna razón la persona se siente con derechoa demandarla por alguna prestación, entonces que le demande, pero jamás pódrá cobrarle ninguna tipo de interés o redito, y usted tendrá despues de un largo juicio la obligación de devolverle  la cantidad señalada, pero usted ya estaba consciente de ello.



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión