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CAMBIO DE PUESTO Y MENOR SALARIO
- Consulta : 110584
- Autor : colvera
- Publicado : Martes 26 de Abril de 2011 10:56 desde la IP: 189.248.206.196
- Tipo de Usuario :
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 26 de Abril de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 221073
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Fecha de respuesta: Martes 26 de Abril de 2011 12:36 2011-04-26 12:36 desde IP: 189.208.200.29
En respuesta a su conulta, le informo.
Dado que de conformidad con el artículo 31, de la Ley Federal del Trabajo, el contrato de trabajo obliga a las partes (patrón y trabajador) a lo expresamente pactado que sea conforme con la Ley, la buena fe y la equidad, ambos deben respetar cabalmente las condiciones laborales que se fijaron al celebrarlo.
Cuando el patrón, en forma unilateral resuelve modificar esas condiciones de trabajo, incurre en una causal que da dereho al trabajador a rescindir su contrato sin responsabilidad para él, y exigirle el pago de las prestaciones que conforme a la Ley Federal del Trabajo le corresponden; así, el artículo 51, de la Ley Laboral establece como causa de rescisión de dicho contrato por parte del trabajador, las contenidas en las fracciones II, IV y IX, la falta de probidad y honradez en el empleador, al modificar unilateralmente dichas condiciones, al modificar, sin consentimiento del trabajador, la categoría o puesto para el cual fue contratado y reducirle el salario.
En las apuntadas condiciones, usted deberá asistirse de un abogado especialista en derecho laboral, a fin de que inicie los trámites legales correspondientes, presentando la demanda a través de la cual rescinde su contrato de trabajo, para lo cual, previamente, deberá dejar de asistir a trabajar, y entablar la demanda dentro delos treinta días siguientes a la fecha en que le fue pagado su salario disminuído.
En su demanda, deberá reclamar las siguientes prestaciones:
Indemnización constitucional (artículo 50, fracción III, de la Ley Federal del Trabajo), consistente en tres meses de salario diario integrado, más veinte días por cada año de servicios prestados o parte proporcional, si su contrato de trabajo erapor tiempo indeterminado (artículo 50, fracción II, de la Ley Federal del Trabajo); si su contrato de trabajo era por tiempo determinado menor a un año, en la cantidad equivalente a la mitad del salario devengado durante el tiempo que prestó sus servicios, y si era por tiempo determinado mayor a un año, en seis meses por el primer año, más veinte días por cada año subsecuente (artículo 50, fracción I, de la Ley Federal del Trabajo).
Prima de antigüedad (artículo 162, de la Ley Federal del Trabajo), consistente en doce días de salario por cada año de servicios prestados, o parte proporcional, la que de conformidad con los artículos 485 y 486, del Código Laboral, se paga con un salario máximo equivalente a dos veces el salario mínimo delárea geográfica en que se ubique el centro de trabajo (dado que no señala en qué lugar trabajaba, no se le puede señalar cuál será el salario para su cálculo; sin embargo, el abogado que contrate deberá hacer esa cuantificación);
Vacaciones (artículo 76, de la Ley Federal del Trabajo), correspondientes al último año de servicios cumplidos, si no se las otorgaron;
Prima vacacional (artículo 80, de la Ley Laboral), consistente en el veinticinco por ciento del salario correspondiente a los días de vacaciones;
Vacacones proporcionales al tiempo trabajado, del último año de servicios cumplidos, a la fecha en que usted de por terminada la relación laboral);
Prima vacacional proporcional a las vacaciones señaladas en el punto anterior;
Aguinaldo (artículo 87, de la Ley Federal del Trabajo), proporcional al tiempo trabajado en el 2011, a razón de 1.25 días de aguinaldo por cada mes laborado;
Sueldos y prestaciones devengadas que no le hayan sido pagadas al momento de que usted se separe del trabajo;
Salarios caídos, a partir de la fecha en que usted rescinda el contrato, hasta el día que el patrón de cumplimiento al laudo que lo condene a pagarlos.
Como recomendación, una vez que se separe del trabajo, no firme alpatrón ningún documento, ni recibo de nómina, ni finiquito, ni liquidación, ni renuncia, ni convenio, ni ningún otro documento del que pueda él valerse para aducir que usted aceptó la reducción salaria, el cambio de puesto y renunció voluntariamente al trabajo.
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