Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

PENSION ALIMENTICIA

  • Consulta : 110212
  • Autor : fcindy2908_NR
  • Publicado : Jueves 21 de Abril de 2011 17:32 desde la IP: 189.191.65.165
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,220
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • fcindy2908_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    buenas tardes de antemano agradesco la ayuda que puedan proporcionarme,este es mi problema estoy casada desde hace diez años tengo tres niños de 8,6 y 3 años mi aun esposo tiene mas de un mes que no me da dinero para los niños el poco a poco se fue llevando sus cosas y tiene dos semanas que no sabemos nada de el, cambio de celular y su familia no me contesta, antes de irse me dijo que lo habian corrido del trabajo y que no le habian pagado nada, cosa que no es cierto porque recibi el estado de cuenta de la tarjeta y si esta trabajando y si le estan depositando pero se niega a darme algo estoy desesperada no tengo donde vivir,nos fue a dejar a casa de mis padres y ya no puedo seguir ahi.

    quiero pedir pension alimenticia pero no se adonde acudir y tengo miedo que el renuncie a su trabajo con tal de no darme nada ¿que puedo hacer ?................ gracias por su ayuda

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 220481

  • abad
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes, si efectivamente mire usted puede promover un juicio de pension alimenticia para sus hijos, tiene que tener el nombre de su esposo, la direccion y nombre de la empresa ya sea que usted la demande la pension alimenticia o denuncie por abandono de obligaciones familiares, pero para esto usted tiene que contratar un abogado para que le lleve este tramite y ya el le explicara los por menores del asunto.---quedo asus ordenes tel.- 018333057130.



  • Autor
    Respuesta No: 220482

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     

    busca un abogado especialista en derecho familiar, no un “abogado”, no un “buen abogado”, un especialista en DERECHO FAMILIAR;  …..Puedes también acudir a las universidades, del estado o privadas que tienen escuela de derecho, en el departamento de servicio social le asignaran un pasante que puede ayudarte a resolver tu asunto, puedes también  acudir a un partido político, el que sea, ahí tienen SECRETARIA DE ACCION Y GESTION SOCIAL y ellos tienen abogados que se encargan de estos asuntos; puedes recurrir a los servicios profesionales y gratuitos de los DEFENSORES DE OFICIO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE TU ESTADO, o de otras dependencias de gobierno, o Instituciones como es el caso de los servicios gratuitos.-  - - -Como ya tengo expresado, busca un abogado especialista en derecho familiar, no un “abogado”, no un “buen abogado”, un especialista en DERECHO FAMILIAR;  …..Si… ya me dijeron que no haga tanta publicidad a los bufetes jurídicos gratuitos porque están saturados y luego no cumplen... pero nada le quita tratar de asesorarse antes de contratar un abogado.... e s p e c i a l i s t a.... suerte..... y  saludos a los colegas participantes....


     



  • Autor
    Respuesta No: 220497

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Acude a los juzgados familiares del DF, se ubican en Av. Juárez # 8 col, centro, enfrente de la Alameda Central, cerca de la estación de metro bellas artes, línea 2, te diriges a primer piso y preguntas por la defensoría de oficio y dices que deseas comparecer para demandar el pago de pensión alimenticia, te van a dar una ficha, un formato y un turno, y te van a decir a que juzgado te tienes que dirigir y con quién, es el único juicio que se puede iniciar por comparecencia, es rápido;  solo tienes que llegar temprano porque va mucha gente.

    Ten a la mano: - acta de nacimiento de tus hijos, comprobante de domicilio ( tiene que ser del DF) y un identificación oficial, y el domicilio del lugar de trabajo de tu esposo.



  • Autor
    Respuesta No: 220498

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Mí estimada consultante Fcindy2908:

    Mire, en virtud de que se ubica en el Distrito Federal, le transcribo lo siguiente para que tenga a su alcance y conocimiento la forma más sencilla de proceder:

    Justicia del Distrito Federal.

    SERVICIO

    PENSIÓN ALIMENTICIA POR COMPARECENCIA.

    Por Acuerdo 22-5/97, de fecha 14 de febrero de 1997, se inicia el trámite de Pensión Alimenticia por Comparecencia.  Se trata de un trámite Unipersonal y los acreedores sólo con el hecho de reunir ciertos requisitos necesarios, ésta área expide una ficha en la que se asigna de manera sistematizada y aleatoreamente Juzgado en turno en materia Familiar y número de expediente, de ésta manera el solicitante acude de inmediato al Juzgado respectivo a efecto de que inicie la comparecencia y así poder continuar con el procedimiento.

    REQUISITOS

    - Acta de Nacimiento de los menores.

    - Acta de Matrimonio si es casada.

    - Identificación Oficial con fotografía.

    - Domicilio de la parte solicitante.

    - Domicilios del demandado, particular y laboral.

    - Cualquiera de los domicilios solicitados tendrá que ser dentro del Distrito Federal.

    TIEMPO DE ELABORACIÓN DE LA FICHA Y ASIGNACIÓN DE JUZGADO EN TURNO POR ESTRICTO CONTROL.

    Aproximadamente de 5 a 7 minutos.

    DIRECCIÓN

    AV. Juárez Número 8 Col. Centro Primer Piso Oficialía de Partes Común para Juzgados en materia Familiar.

    HORARIO DE RECEPCIÓN

    De Lunes a Viernes de 9:00 a 21:00 horas

    Es importante hacer notar, que si la ficha se procesa después de las 14:00 horas, la solicitante acudirá al Juzgado asignado en turno al

    otro día, a efecto de que se levante la comparecencia.

     COSTO

    El trámite es completamente GRATUITO.

    USUARIOS Público en general, principalmente mujeres.

    FUNDAMENTO LEGAL

    Artículo 65 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal.

    Acuerdo 22-5/1997 de fecha 14 de febrero de 1997, del H. Consejo de la Judicatura del Distrito Federal.

    SALUDOS Y MUCHA SUERTE



  • Autor
    Respuesta No: 220507

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Para la demanda de alimentos, no necesitas el acta de matrimonio ( llevala si quieres) , solo el acta de nacimiento de los niños.

    El domicilio del demandado puede ser el laboral o particular, con uno basta.



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión