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TUTORES LEGALES
- Consulta : 110179
- Autor : sadko_NR
- Publicado : Jueves 21 de Abril de 2011 11:06 desde la IP: 189.179.148.79
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,086
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 21 de Abril de 2011
Estado de Referencia: Estado de México
hola que tal, me gustaria saber como puedo otorgar a mis padres la tutoria legal de mi hijo el tiene 6 años, estoy separada de mi esposo desde hace 4 años y el no se ha hecho cargo de mi hijo, ahora mis padres han adquirido una propiedad en el estado de veracruz y yo estoy en la universidad y tambien trabajo, yo he planeado que mis padres se lleven a mi hijo porque yo no puedo hacerme cargo de el, en este caso por falta de tiempo, mi hijo y yo hemos vivido con mis padres desde que me esepare de mi esposo. Gracias!
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 220449
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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Abril de 2011 16:01 2011-04-21 16:01 desde IP: 201.137.66.179
OLA
PUES EN ESTE CASO LO QUE SE PUEDE HACER ES QUE SE QUEDEN A CARGO DE TUS PAPAS.
EL TUTOR ES UNA FIGURA JURIDICA DEL DERECHO FAMILIAR QUE TIENE POR OBJETO LA GUARDA DE LA PERSONA Y DE SUS BIENES, RESPECTO DE LOS QUE NO ESTAND SUJETOS A LA PATRIA POTESTAD TIENEN UNA INCAPACIDAD NATURAL Y LEGAL O SOLAMENTE LA SEGUNDA.
POR LO TANTO A L TENER LA PATRIA POTESTAD NO PUEDES RENUNCIAR A ELLA CON LA FINALIDAD DE CONSTITUIR UNA TUTORIA A FAVOR DE ALGUIEN, POR QUE LA LEY DICE QUE LA PATRIA ES IRRENUNCIABLE
SALUDOS
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Autor
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AutorRespuesta No: 220459
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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Abril de 2011 16:34 2011-04-21 16:34 desde IP: 189.173.76.196
La tutela es una institución jurídica que tiene por objeto la guarda de la "/wiki/Persona">persona y sus "/wiki/Bien_jur%C3%ADdico" title="Bien jurídico">bienes, o solamente de los bienes o de la persona, de quien, no estando bajo la "/wiki/Patria_potestad">patria potestad, es incapaz de gobernarse por sí mismo por ser menor de edad o estar declarado como incapacitado.
Como podrá apreciar la tutela solamente se obtiene cunado no existen los padres, ya que éstos son los que guardan y custodian a los hijos.
Su caso es especial. Usted, por lo que entiendo quiere que sus papás se hagan cargo de su hijo ya que ni Usted ni el padre biologico pueden hacerlo, por las razones que menciona.
Para hacer cualquier cambio sobre la patria potestad del menor o para la guarda y custodia del mismo se debe hacer un juicio, para que un juez, oyendo a ambos progenitores determine que es lo MEJOR PARA EL MENOR.
No necesariamente el juez que conozca el asunto fallará para que sean sus padres quien obtengan la patria potestad, suponiendo que desean dejar de ejercerla los padres biológicos. El juez buscará dar la mejor protección y apoyo al menor, otrogando la patria potestad a quin mejor demuestre garantizar el beneficio del niño.
El otro camino es el extrajudical, es decir, el acuerdo de los padres para dejar al niño en manos de los padres de Usted, pero ambos deberán estar de acuerdo.
Gracias.
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Autor
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AutorRespuesta No: 220465
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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Abril de 2011 16:51 2011-04-21 16:51 desde IP: 187.194.29.249
los abuelos...paternos o maternos... tiene por ley la patria potestad de los nietos...y pueden decidir por ellos al momento que falta uno de los padres.... solo cuando haya una controversia de derecho... es necesario aclarar que finalidad tiene ....puedes inciar un juicio de jurisdicciòn voluntaria de guarda y custodia compartida,.,.. al efecto de que tus padres y abuelos de tu hijo... puedan velar en la educaciòn del menor... asistir a reuniones y tomar decisiones....si es que no hay una controversia por la custodia entre tus padres y tu....
no es necesario usar la palabra tutor....no es la figura adecuada...tendrias que pedirle permiso al padre para otorgar la misma....
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Autor






