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- Consulta : 109239
- Autor : defensor31_NR
- Publicado : Miércoles 13 de Abril de 2011 16:23 desde la IP: 189.129.201.138
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,106
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 13 de Abril de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 219255
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Fecha de respuesta: Miércoles 13 de Abril de 2011 16:28 2011-04-13 16:28 desde IP: 189.142.164.48
No existe un porcentaje establecido en la legislación Civil ni del Estado de México ni del Distrito Federal, el porcentaje o la cantidad liquida la determina el juez en base a las necesidades de quien recibira la pensión y a las posibilidades de quien la otorgará, aunque en la práctica te puedo decir que un 15% en poco y un 30% es mucho, digamos que la media es de un 20% por deudor, aunque no es una constante. Saludos
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