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DIFERENCIA ENTRE ORGANISMO DESCENTRALIZADO Y AUTÓNOMO

  • Consulta : 107579
  • Autor : jorgegudarrama31_NR
  • Publicado : Jueves 31 de Marzo de 2011 11:25 desde la IP: 187.141.9.66
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,141
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  • Autor
    Consulta

  • jorgegudarrama31_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Buenas Días alguien me podría decir cual es la diferencia entre Organismos Descentralizados y Organismos Autonomos?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 217482

  • farcalawyers
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    PERMITEME RESPONDER A TU PREGUNTA CON LOS SIGUIENTES EJEMPLOS: CUANDO NOS REFERIMOS A UNA UNIVERSIDAD DE ALGUN ESTADO, DIGAMOS LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE QUERETARO, SIGNIFICA QUE LAS DECISIONES QUE SE TOMEN EN CUANTO A RECTORIA Y ADMINISTRACION DE LA UNIVERSIDAD, SON DECISIONES QUE NO TOMA EL ESTADO, POR ESO TIENE AUTONOMIA Y RECURSOS PROPIOS, CUANDO HABLAMOS DE UNA EMPRESA CONTROLADA POR EL ESTADO, POR EJEMPLO PEMEX SE DICE QUE ES UN ORGANISMO DESCENTRALIZADO PERO A DIFERENCIA DE QUE ESTA NO TIENE AUTONOMIA, PUESTO QUE SUS UTILIDADES COMO LO ES SABIDO POR TODOS SON ADMINISTRADAS Y ENTREGADAS AL ESTADO EN SU TOTALIDAD,  A NIVEL INSTITUCIONAL EXISTEN ORGANISMOS CENTRALIZADOS Y OTROS DESCENTRALIZADOS, NORMALMENTE TODOS LOS QUE SON DECENTRALIZADOS  TIENEN CIERTO GRADO DE AUTONOMIA Y LOS CENTRALIZADOS DEPENDEN DE LAS DECISIONES QUE SE TOMEN POR MEDIO DE COMITES, REGLAMENTOS, ETC, BAJO LA RECTORIA DEL ESTADO.



  • Autor
    Respuesta No: 217502

  • Lic. Marco_A.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Buenas Tardes

    Un organismo desdentralizado es aquel que cuenta con personalidad jurídica y partimonio propio, forma parte de la Administración Púbica Paraestatal y está regulado por su decreto de creación y por la Ley de Entidades Paraestales (Federal o de la Entidad Federativa Correspondiente), asimismo, es común que un organismo descentralizado se encuentre sectorizado bajo la coordinación de una Secretaría de Estado o Departamento Administrativo.

    Un organismo Autónomo también cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propio sin embargo goza de mayor independencia que un Organismo Descentralizado, pues no está regulado por la Ley de Entidades Paraestatales, ni coordinado por una Secretaría de Estado o Departamento Administrativo, finalmente un Organiso Autónomo se crea generalmente mediante una Ley y  es su propia Ley de Creación la que rige su funcionamiento y atribuciones, inclusive encontramos Organismos Autónomos previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como los son el Banco de México y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

    Saludos.



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