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SUBARRENDAR AL DUEñO
- Consulta : 107575
- Autor : desaav_NR
- Publicado : Jueves 31 de Marzo de 2011 10:47 desde la IP: 200.78.255.18
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,077
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 31 de Marzo de 2011
Estado de Referencia: Aguascalientes
Buenos días abogados, espero me puedan ayudar.
Tengo un amigo que me renta un departamento. el contrato se firmo en noviembre de 2010 y vence en noviembre de 2011. dicho contrato tiene cláusula de subarrendamiento.
el problema es que mi amigo tiene problemas en su casa y se tiene que salir, y me propuso lo siguiente: que si yo le rentaba a él su departamento (usando esta clausula de subarrendamiento) y ya el me pagaba una renta y mientras yo podia irme a vivir con mi mama (propuesta en la que estoy de acuerdo) lo unico que no se, es si es posible que yo le rente el departamento a él, que es el dueño ¿hay algun impedimento legal?
muchas gracias,
Sonia López
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 217480
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Fecha de respuesta: Jueves 31 de Marzo de 2011 11:59 2011-03-31 11:59 desde IP: 189.194.213.218
HOLA, LEI EL PLANTEAMIENTO DE TU PROBLEMA Y DESDE MI HUMILDE OPINION JURIDICAMENTE ES POSIBLE SIEMPRE Y CUANDO EN EL CONTRATO NO SE HAYA ESTIPULADO ESA LIMITACION, DE QUE EN EL SUBARRENDAMIENTO EL ARRENDADOR SE CONVIRTIERA EN INQUILINO, ES ALGO MUY SUIGENERIS QUE NO ES COMUN EN LA PRAXIS, PERO SI ES POSIBLE, ESPERO QUE TE HAYA GUSTADO MI OPINION.
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Autor
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AutorRespuesta No: 217481
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Fecha de respuesta: Jueves 31 de Marzo de 2011 12:06 2011-03-31 12:06 desde IP: 189.215.178.62
¿Como?
1.- Usted le paga primero la renta al arrendador (su amigo)..
2.- Su amigo (subarrendador) le paga la renta ahora a usted.....
Es algo raro el planteamiento... Si el arrendador fuera mi AMIGO y no tuviera problemas en desocupar el dpto.. rescindimos el contrato de arrendamiento de manera voluntaria (verbal o escrita)... (por el tiempo que se requiera)... y ni estoy obligado a pagar la renta o mejoras, consumo de luz, agua, etc... ni el dueño estaria obligado a pagarme nada a mi.... posteriormente volvemos a celebrar el contrato..
Saludos!!
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Autor
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AutorRespuesta No: 217483
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Fecha de respuesta: Jueves 31 de Marzo de 2011 12:09 2011-03-31 12:09 desde IP: 189.215.178.62
¿Como?
1.- Usted le paga primero la renta al arrendador (su amigo)..
2.- Su amigo (subarrendatario) le paga la renta ahora a usted.....
Es algo raro el planteamiento... Si el arrendador fuera mi AMIGO y no tuviera problemas en desocupar el dpto.. rescindimos el contrato de arrendamiento de manera voluntaria (verbal o escrita)... (por el tiempo que se requiera)... y ni estoy obligado a pagar la renta o mejoras, consumo de luz, agua, etc... ni el dueño estaria obligado a pagarme nada a mi.... posteriormente volvemos a celebrar el contrato..
Saludos!!
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Autor
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AutorRespuesta No: 217486
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Fecha de respuesta: Jueves 31 de Marzo de 2011 12:27 2011-03-31 12:27 desde IP: 187.194.8.157
lo mas importtante es... que no hay subarriendo en este caso... es una novación del contrato...
ya que no puedo rentar la cosa como arrendador y luego convertirme en subarrendatario.... de un mismo contrato y de una misma cosa...así esta sea posible en lo fisico... deja de tener visos legales....
salvo otra payasada...
que va a pasar si tu no le pagas la renta al arrendador???
que va a pasar si el subarrendador no te paga la renta???
quien lanza a quien???...
otrro chiste para el viernes...
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