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RECIBOS DEDUCIBLES DE IMPUESTOS

  • Consulta : 107431
  • Autor : lugo_anabel
  • Publicado : Miércoles 30 de Marzo de 2011 00:22 desde la IP: 189.226.82.219
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,073
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  • Autor
    Consulta

  • lugo_anabel
    USUARIO REGISTRADO

    Hola, me podrían decir por favor, que mal uso pueden darle a un recibo deducible de impuestos que una A.C. expide? Cual es las ventajas y desventajas para A.C. expedir este tipo de recibos, referente al área contable o ante la SHCP. Gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 217339

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    El SAT cuanta con facultades de comprobación, estas facultades implican que pueden hacer una visita docimiciliaria, revisión de escritorio, revisión de gabinete, compulsa de terceros, etc., con base a esos recibos deducibles (necesita un permiso de Hacienda para expedirlos) , o a cualquier otro recibo expedido por esa A.C. En consecuencia, de haber un recibo que se haya expedido sin un sustendo contable, el clásico compadre que le pide un o unos cuantos recibos, implica que el SAT lo va a auditar y en consecuencia esa A.C., deberá responder por cuelquier diferencia que no se acredite en arqueo o pericial contable. Es algo así como el amigo que le pide que le lleve una mochilita en sus vacaciones en España, Usted sabrá si le hace el favor de llevarle una mochilita a España. ¿Así de claro o con manzanas?



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