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PERDIDA DE UN OJO EN TRAYECTO

  • Consulta : 107373
  • Autor : luzmaria.hernandez_NR
  • Publicado : Martes 29 de Marzo de 2011 16:37 desde la IP: 189.247.184.243
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,104
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  • Autor
    Consulta

  • luzmaria.hernandez_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Buen día

    Tengo a un trabajdor que fue asaltado cuando iva rumbo a su trabajo lo golperon con una botella en su ojo, pierde el conocimiento lo auxilian y lo llevan al IMSS pero no lo atienden, su familia lo lleva con un medico privado el cual emite reporte y despues de tres dias acuden al IMSS para sus incapacidades pero no lo reciben y ademas no le consideran sus incapacides como riesgo en trayecto, despues de varios dias de incapacidad calificados por el IMSS como efermedad Gral emite el IMSS la resolución:

    SE NIEGA LA PENSION DE INVALIDEZ  EN VIRTUD DE NO CUMPLIR CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 119 DE LA LEY DEL IMSS

    El trabajdor no tiene visión en el ojo y el DR de la CIA. comenta que con el paso del tiempo su ojo se le va a ir secando, por la operación que se realiza en la empresa, el trabajdor no puede seguir laborando ya que se podrian en riesgo, por la falta de visión, que me aconsejan como procedo como empresa y que me recomiendan hacer en el IMSS.

    Agradecere me hagan llegar sus recomendaciones.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 217275

  • Rosalia Aoyama
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Primero que nada yo no soy abogado, pero se sobre procedimientos del imss, quien llevó, o traslado al herido al IMSS, si fue una istitución como Cruz Roja, bomberos, policia, ellos tienen el registro en un formato del cual dejan una copia en el servicio de urgencias a donde lo llevaron y se quedan con uno para su guarda, así que debe pedir copia de ese documento, si lo llevó el mismo taxista, lo debieron haber metido de inmediato al servicio de urgencias, sea o no derechohabiente, con su credencial de elector buscan su número de afiliación en el sistema de como, en caso de haber aparecido dado de baja, le cobran los servicios médicos, haciendole firmar una orden de pago, sin embargo la atención de urgencias se dá en forma inmediata aunque se cobre, el paciente debe estar registrado en los formatos del servicio de urgencias, debe solicitar se verifique que el paciente lo hayan registrado en el servicio de urgencias y en caso de no aparecer en el registro, se puede hacer una demanda penal al instituto por negar la atención médica de urgencia, quien a la vez hara sus propias investigaciones sobre quien estuvo atendiendo ese día a esa hora. Todo lo debe hacer a través de abogados para que su caso se agilice.

    Aunque el paciente se haya presentado un día después al servicio de urgencias, o haya acudido con el médico familiar, lo mandan de cualquier forma al servicio de urgencia de la unidad que le corresponde para que le entreguen y le llenen los formatos de accidente de trabajo o accidente en trayecto, quien los avala como tal es la propia empresa del trabajador con su firma y su sello.

    Espero y le sirva de algo y que con esto algún abogado le oriente aún mejor.



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