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SEGUNDO CITATORIO

  • Consulta : 105784
  • Autor : gerardoreyesvera_NR
  • Publicado : Martes 15 de Marzo de 2011 19:04 desde la IP: 201.144.87.45
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,084
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  • Autor
    Consulta

  • gerardoreyesvera_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Hola a todos. La consulta que quiero hacer es sobre el siguiente tema. En 2004 hice un trato a valores entendidos con una persona sobre ciertos articulos y le fui pagando de acuerdo a ello (tengo recibos sellados y firmados), hasta octubre de 2007  en que yo le debia 17,500.00 y faltaba que me entregaran articulos mas o menos con un valor de 80,000.00 luego esta persona se murio en noviembre del mismo 2007, entonces en diciembre de 2007 le comence a pagar a sus familias y les di 3000 en diciembre, luego 2500 en enero 2008 y 2000 en marzo de 2008 y en abril de 2008 les comente que ya iba a terminar de pagar y que no habia recibido los articulos, entonces dijeron que necesitaban ver todas las cuentas y recibos, por lo que les di copia de cada uno de ellos, me dijeron que habia algunos que no correspondian a la firma de la persona y que no me los tomarian en cuenta, entonces les dije que yo ya los pague y no volveria a hacerlo ya que son una persona honesta.

    Me hice a la idea de perder esos articulos y paso el tiempo, hasta que en noviembre de 2010 me demandan por eso diciendo que la deuda es de 150,000.00, ya me presente al primer citatorio el 10 de enero de 2011 y me abstuve de declarar porque ni tengo tiempo para darselos y creo que ni voy a recuperar esos articulos, mucho menos mi dinero. Ahora me citan nuevamente y en este momento la consulta es que me conviene hacer, abstenerme otra vez y que pasaría, yo no quiero saber nada de estas.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 215315

  • abogaditojose
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    gerardoreyesvera_NR.- buenas tardes, porfavor nos puedes dar mas informacion de la demanda; ante que autoridad te demandan?, civil, penal, mercantil; que dicen los citatorios; a donde te tienes que presentar?, tienes ese trato a valores por escrito?



  • Autor
    Respuesta No: 215328

  • geramix005
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Hola ABOGADITOJOSE.

    Perdon pero creo que tengo que aprender a usar este sistema:

    Le comento que la demanda es penal por falsificación de documentos y lo que resulte, claro los 150,000.00 y no se que más, dice que existe una averiguación previa y no, no se cunta con el trato por escrito ya que no se hizo.



  • Autor
    Respuesta No: 215331

  • abogaditojose
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    gerardoreyesvera_NR.- de antemano gracias por la información, es bien importante que primero contrate los servicios de un licenciado en derecho especializado en materia penal; no es para que se asuste; ahora por lo que respecta a su consulta, lo que usted hizo es reservarse su derecho a declarar para presentar su declaración por escrito, el segundo citatorio es previo a la orden de presentacion a través de policia judicial. Si es importante que le de seguimiento a esta averiguacion previa, y como dice que no tiene tiempo, mejor pienselo bien, porque va a tener menos tiempo si consignan el expediente a un juzgado y dictan la orden de aprehensión. De esta forma le recomiendo que presente su declaración por escrito, agregandole todos los documentos que tenga firmadas por la hoy occisa, la falsificacion de documento se basa en el hecho de que usted los mando hacer y falsifico la firma, pero si usted esta tranquilo presente dichos documentos en su declaracion, todo lo que tenga firmado por la persona con quien hizo el trato. la familia se quiere aprovechar de usted. PERO SI ES BIEN IMPORTANTE QUE SE ASESORE DE UN EXPERTO EN MATERIA PENAL. Tambien si tiene testigos de cuando realizo el trato, testigos de los pagos. que DIOS lo bendiga



  • Autor
    Respuesta No: 215339

  • geramix005
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Hola ABOGADITOJOSE:

    Perdon otra vez pero creo que debo comentarle que un buen amigo que es licenciado y notario me comento que en el ministerio público tenian que integrar la averiguación previa y que si yo no queria saber nada de problemas, no presentara mis recibos y que al paso de 6 meses podría demandar a estas personas o simplemente solicitar la revocación de la demanda.

    Ahora la consulata es, tenia razon.

    atte Gerardo.



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