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CONTRATOS LABORALES
- Consulta : 104314
- Autor : zubi
- Publicado : Jueves 03 de Marzo de 2011 18:04 desde la IP: 187.172.28.39
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,075
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 03 de Marzo de 2011
Hola
mi relacion laboral empezo en mayo 2010 firmando un contrato por 3 meses el cual se vencio en agosot y me dieron a firmar un 2do contrato por 3 meses venciendose en noviembre se vencio y no me mandaron ya contrato, pensando yo que ya tenia la planta y pues ahora en febrero me dicen q se me vence mi contrato pero ese yo no lo firme y me quieren dar ahora otro contrato de de feb a mayo osea otros 3 meses y pues no lo firme.
puedo demandar a la empresa pues ellos no me dieron a firmar el 3er contrato y querer q firme uno nuevo que seria el 4to.????
muchas gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 213568
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Fecha de respuesta: Jueves 03 de Marzo de 2011 19:00 2011-03-03 19:00 desde IP: 187.149.23.117
¿Que función Tiene en la empresa?
Respecto al tema la Ley Federal del Trabajo dice:
“…Artículo 35.- las relaciones de trabajo pueden ser para obra o tiempo determinado o por tiempo indeterminado. A falta de estipulaciones expresas, la relación será por tiempo indeterminado…”
“…Artículo 37.- EL SEÑALAMIENTO DE UN TIEMPO DETERMINADO PUEDE ÚNICAMENTE ESTIPULARSE EN LOS CASOS SIGUIENTES:
I. Cuando lo exija la naturaleza del trabajo que se va a prestar; (Por ejemplo trabajadores eventuales en hoteles en temporada alta, Plantas maquiladoras de camarón en temporada de zafra, etc.)
II. Cuando tenga por objeto substituir temporalmente a otro trabajador; y
III. En los demás casos previstos por esta ley…” (Explotación de ciertos minerales; deportistas profesionales; trabajadores actores y músicos que actúen en teatros, cines, centros nocturnos o de variedades, circos, radio y televisión, salas de doblaje y grabación, o en cualquier otro local donde se transmita o fotografíe la imagen del actor o del músico o se transmita o quede grabada la voz o la música, cualquiera que sea el procedimiento que se use; y médicos residentes).
Nota. Los textos entre paréntesis son míos.
Por lo anteriormente expuesto, si usted no esta entre estos supuestos, no hay fundamento legal para celebrar contrato por tiempo determinado, y todo indica que pretenden coartarle sus derechos laborales y entonces creo que antes de hablar con el patrón, debe reunir discretamente pruebas, de preferencia documentos de su relación laboral, pues estoy casi seguro que querrán despedirle y eso le servirá para demandar despido injustificado en caso de que este se diera. Si no puede contratar un abogado, puede recurrir a solicitar asesoría a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (teléfono desde el interior de la República lada sin costo 01800 7172 942) o a la Junta de Conciliación Y Arbitraje.
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