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PARA DEMANDAR LA ESCRITURACION DE UNA PROPIEDAD

  • Consulta : 103927
  • Autor : J. ARMAND
  • Publicado : Martes 01 de Marzo de 2011 03:25 desde la IP: 200.52.186.215
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,140
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  • Autor
    Consulta

  • J. ARMAND
    USUARIO REGISTRADO

    de antemano agradezco su asesoría : el 2004 con los herederos de una sucesion celebramos ante un notario un contrato de promesa de compraventa, al mes se nombro albacea y se dicto la declaratoria de herederos, tomando en cuenta que todos los declarados herederos convalidaron ante el notario que solicitarian la aprobacion judicial para escriturar a mi nombre la propiedad, al terminar de efectuar los pagos convenidos, los cuales pague en el tiempo que se acordó,

    mi pregunta es ¿puedo demandar para que cumplan con lo convenido y escrituren la propiedad a mi nombre? tomando en cuenta tambien que me entregaron la posesion al mes de celebrado el contrato de promesa de compraventa?

    agradecere mucho sus repuestas.

     

                               atte. J. Armando

     

     


     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 213064

  • sergio villa
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Tu consulta no es muy clara Armando, unas preguntas antes.

    Ahora tienes tu la posesion?

    Ya termino el juicio sucesorio?

    A quien se le adjudico el bien inmuebles?

    Ya has ido al reghistro publico de la propiedad a ver quien es el titular registral?

     

     

    para darte una mejor asesoria, y respecto de los contratos recuerda que los contratantes se obligan en los terminos que aoparece que se obligan, claro que puedes demandar el cumplimiento del contrato, guarda muy bien tus recibos de pago seran necesarios muy pronto. espero me respondas estas preguntas a la brevedad

     

    zergiovilla arroba punto com

    Estamos en contacto



  • Autor
    Respuesta No: 213070

  • zutareko
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    ¿ compraste  antes de la declaratoria de herederos?? y el notario sabia eso??

    para que te puedan esctriturar deben abjudicarse el bien inmueble los ahora herederos reconocidos ante la ley

    antes indagate si no esta gravada la propiedad o alguna anotacion marginal que impida el legal traspaso a tu nombre

    pues  si demandas ellos deben ser ya los propietarios legales y que el registro de la propiedad certifique  que no pesa ningun gravamen



  • Autor
    Respuesta No: 213084

  • J. ARMAND
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    gracias por la consulta:

    sergiovilla:  si, yo tengo la posesion, es un local comercial se me entrego en presencia del notario mediante constancia de fe de hehos.

    no se si ya termino el juicio sucesorio, en el registro aparece a nombre del de cujus y si tengo los recibos de los pagos

    ,

    en las clausulas se obligan a llevar a cabo el procedimiento en la sucesion a la brevedad posible para estar en posibilidades de llevar a cabo la escritura publica de compraventa de manera definitiva a mi favor libre de todo gravamen,

    zutareko: fue un contrato de promesa de compraventa celebrado antes de la declaracion de herederos.



  • Autor
    Respuesta No: 213216

  • J. ARMAND
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 213225

  • sergio villa
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Si es asi te recomiendo que para evitar doble escriturizacion hagan dentro del juicio sucesorio una cesion de derechos para que de esa forma entres tu dentro del juicio y directamente tu te adjudiques en el mismo juicio para evitar que corra mas tiempoy como te dije doble escriturizacion, ademas la protocolizacion de un juicio es mas barata que una escritura de compra vente, planteles esto a las personas que te venden, se puede decir que lo que te hizo el notario es un contrato de promesa de compravente, y si puedes demandarlo en la via civil, pero vamos paso por paso como dicen no hay que llorar antes de que nos peguen, comentales a estas personas que le digan a su abogado que quieren hacer la cesion de derechos ratificada ante el juez para que tu entres en el juiio sucesorio y te adjudiques en el mismo juicio y evitar tiempo y mas gasto.



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