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PENSION ALIMENTICIA
- Consulta : 103279
- Autor : barco1608_NR
- Publicado : Miércoles 23 de Febrero de 2011 20:58 desde la IP: 187.141.88.210
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,077
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 23 de Febrero de 2011
Estado de Referencia: Campeche
buenas noches, quisiera consultar lo siguiente: Tengo un hijo de 4 años le he estado pasando pension alimenticia por voluntad propia en el juzgado. Hablando con su mama ella no va a retirar el dinero, por ningun motivo. Por lo quede con ella que ya no lo voy a seguir depositando en el juzgado, se lo voy a depositar directamente con ella.
Hay alguna sansion por parte del juzgado o la ley hacia mi, por dejar de depositar ahi y hacerlo directamente con la mama?
Resp_______________________________________________________________________________________________________________________________
No se ha llevado un juicio y nada por el estilo, el deposito lo empece hacer por voluntad propia.
Otra cosa, como puedo retirar el dinero que esta depositado, si su mama no quiere ir a buscarlo? Pueden transferirlo a una cuenta de ahoro con el nombre de mi hijo bajo la tutela de la mama. Que puedo hacer?
Resp______________________________________________________________________________________________________________
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 212178
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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Febrero de 2011 21:11 2011-02-23 21:11 desde IP: 187.144.167.253
directoy muy claro...para que lo entiendas....
a ti te vale madre si recoge el dinero o no... tu ya cumpliste....tu obligaciòn es dar y dbes seguir dando en el juzgado...para demostrarle al juez el cumplimiento...cuando te pasas de necio y lo sacas del juzgado y se lo pones en cuenta... estas cumpliendo... pero es mas dificil demostrarlo al juez...al ministerio publico...al dif...
tu cumple...si ella lo saca o no... a ti no te debe importar...ni tienes porque tener dolor por ello... ese es problema de ella... no tuyo... tu cumple con lo legal.... este foro habla de lo legal... no de sentimientos....
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Autor
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AutorRespuesta No: 212180
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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Febrero de 2011 21:29 2011-02-23 21:29 desde IP: 187.141.88.210
No me puede vale madre, es el dinero de mi bebe, lo que si me vale madre es tu opinion (garovalo), yo estoy pregutando y tu respuesta no me dice nada.
Yo estoy bien con ella y mi hijo, el dinero que se deposito ahi yo se que no se ha perdido, solo quiero saber que si hay o no sansiones, si tu no me sabes dar un respuestas no te metas en adas.
Disculpen los demas lectores la verdad no se como hay personas que nada mas dan su opion por dar.
Espero que haya una persona que me concrete la respuesta.
Gracias!
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Autor
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AutorRespuesta No: 212185
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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Febrero de 2011 21:50 2011-02-23 21:50 desde IP: 187.144.167.253
amiguito...pediste una solucipòn juridica... no una solucuiòn sentimental... porqwue veo que manejas mas los sentimientos que el sentido comun... te dije lo que te dije... tanto para llamar tu atenciòn como...para que lo entiendas rapidamente...
si ella recibe el dinero o no... al juez no le interesa...si lo recoje o no... eso al juez no le interesa... si es mucho o poco... al juez no le interesa...
pero que ella...no le diga al juez... no me da....porque pone todo el sistema en tu contra...
tu estas demostrando que no eres deudor alimentario....tanto para una accion civil..o para una acciòn penal... y al efecto de no perder la figura de patria potestad compartida que hasta el momento tienen....
si te fijas....nadie mas interviene...porque mi concepto esta bien... si te dolio como lo dije...lo siemto...me disculpo... pero cumplo con la funciòn de llamar tu atenciòn....a ti te vale madre que ella no recoja el dinero...sea para ella o para tu hijo...ella es la responsable y tiene una obligaciòn de guarda y custodia... tu la de dar mantenimiento...manutenciòn...no cedas ante el capricho de darle dinero en mano o en cuenta personal...cumple judicialmento... amiguito
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Autor
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AutorRespuesta No: 212189
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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Febrero de 2011 22:12 2011-02-23 22:12 desde IP: 201.152.160.20
Lo más correcto es que lo sigas depositando en el juzgado, así demuestras en lo futuro que tu cumples con tu obligación de proporcionar alimentos a tu hijo, y de esa forma no te pueden demandar por alimentos ya sea en la vía civil o penal ( en esta área cambia el nombre) y te evitas muchos problemas legales, inclusive el poder perder la patria potestad de tu hijo. Ahora bien, puede depositarlo en el banco, pero que sea a una cuenta de ella, y tienes que guardar los comprobantes del deposito porque si los pierdes ya te amolaste. También puedes encargárselo a ella directamente, pero te tiene que firmar un recibo de que le entregaste el dinero, porque así puedes acreditar en el futuro que cumpliste con tu obligación. Y no hay sanción alguna porque lo retires del juzgado. Y ojo mucho ojo, dice el dicho piensa mal y acertaras, preguntante porqué no quiere recogerlos del juzgado
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AutorRespuesta No: 212192
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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Febrero de 2011 22:18 2011-02-23 22:18 desde IP: 201.172.190.175
ya no deposites en el juzgado depositale a ella y el dia que a ella se le pague la gana te demanda porque no le das nada y con tus "comprobantes" de despoito no podras demostrar nada y te vas a quedar con un palmo de narices
esa respuesta si te gusta? o tampoco le agrado al sr?
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AutorRespuesta No: 212333
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Fecha de respuesta: Jueves 24 de Febrero de 2011 20:21 2011-02-24 20:21 desde IP: 189.234.195.15
saludos a todos...barco se niega a aceptar razones....suerte....
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AutorRespuesta No: 212375
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Fecha de respuesta: Jueves 24 de Febrero de 2011 23:00 2011-02-24 23:00 desde IP: 189.234.195.15
y como siempre.....
el amigo del caballo ...(barco 1608)....
ni por la silla volvio....
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AutorRespuesta No: 212398
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Fecha de respuesta: Viernes 25 de Febrero de 2011 02:55 2011-02-25 02:55 desde IP: 189.242.195.28
La mejor opcion es el juzgado, sin embargo puedes hacer un aviso judicial para que conste que le vas a depositar en la cuenta de la señora y el fin que tiene para los alimentos, de la misma forma para que recoga las fichas del juzgado. "//wix/profesionistas/perez-andrade">wix/profesionistas/perez-andrade
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AutorRespuesta No: 212543
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Fecha de respuesta: Viernes 25 de Febrero de 2011 19:07 2011-02-25 19:07 desde IP: 187.194.36.100
barco...nada.... ni gracias...ni nada... ??????
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AutorRespuesta No: 212550
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Fecha de respuesta: Viernes 25 de Febrero de 2011 19:26 2011-02-25 19:26 desde IP: 189.130.170.29
he tenido cientos de casos iguales que el tuyo, ya no depositan en el juzgado, le dan la pension a ella, arrumacos,besos, pero lex dura lex y por abajo del agua ella esta demamdando penalmente el incumplimiento de deberes alimentarios, o los demanda cuando quiera, y te da carcel porque no tienes nada con que comprobar el cumplimiento, es mas dificil si se los das a ella, una mujer brava es el demonio en calzones, te cuesta buen billete salir, pierdes la patria potestad y sales todo apabullado con una obligacion de alimentos del 50%. pero creo que buscas que te den la razon en lo que quieres hacer, pruebalo y luego me escribes. disculpa si provoco que te obnubiles ofresco disculpas pero si te entamban disculpala a ella por necio....
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Autor
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AutorRespuesta No: 212554
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Fecha de respuesta: Viernes 25 de Febrero de 2011 19:39 2011-02-25 19:39 desde IP: 187.194.36.100
Por ninguna razòn, debes entregar dinero convenido o en exceso, a la señora, en mano o en su cuenta, todo por comodidad, menos con el pretexto de que le va a dejar de dar de comer al hijo, si el menor umple tres años y ella tres años sin recoger la pensiòn, eso es lo que le debes hacer saber al juez, que ellano necesita de tu apoyo, por lo que le pides al juez que notifique que vas a suspender definitivamente el pago de pensiòn porque ella no lo recoge, porque no lo necesita.
Muy respetuosos saludos y nos vemos en la consulta 103540 promovida por el Maestro Garovalo.
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Autor
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AutorRespuesta No: 212555
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Fecha de respuesta: Viernes 25 de Febrero de 2011 19:40 2011-02-25 19:40 desde IP: 201.172.190.175
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Autor
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AutorRespuesta No: 212577
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Fecha de respuesta: Viernes 25 de Febrero de 2011 20:14 2011-02-25 20:14 desde IP: 189.178.242.143
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Autor
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AutorRespuesta No: 212587
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Fecha de respuesta: Viernes 25 de Febrero de 2011 20:31 2011-02-25 20:31 desde IP: 187.194.36.100
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AutorRespuesta No: 212761
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Fecha de respuesta: Sábado 26 de Febrero de 2011 20:24 2011-02-26 20:24 desde IP: 189.234.199.193
Buenas Noches:
A ti, en lo personal, no te debe importar en ningun momento, si la señora recoge o no el dinero que le consignas judicialmente.
Esa debe ser una preocupaciòn de ella, no tuya, ella le debe decir al juez las causas por las cuales no puede o no quiere recibir dinero en forma judicial.
Pero a ti nada debe molestarte, mientras estes cumpliendo ante juez.
No cambies tu forma de pago por ninguna causa.
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AutorRespuesta No: 217419
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Fecha de respuesta: Miércoles 30 de Marzo de 2011 19:14 2011-03-30 19:14 desde IP: 187.194.12.10
vaya... barco no regreso... péro los foristas participantes... estuvieron a mi favor....gracias a todos....
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