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RECONOCIMIENTO
- Consulta : 102808
- Autor : irmis-ios_NR
- Publicado : Domingo 20 de Febrero de 2011 18:00 desde la IP: 201.167.66.45
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,069
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 20 de Febrero de 2011
Estado de Referencia: Querétaro
Les agradeceria mucho su opinion y orientacion con respecto a este caso:
Yo tube un hijo y lo registre, por mi situacion economica sali de mi estado y me fui a vivir con una tia, ella hera soltera y sin hijos ya la edad de 4 años ella lo registro como su hijo llevando 2 testigos, el mes pasado ella fallecio y no dejo testamento, mis primos estan reclamando no legalmente todavia que a ellos les corresponde y algunas amistades me dicen que deberia de ver lo del registro de mi hijo que al le corresponde, pero yo tengo estas dudas primero el acta no es fraude me refiero a que yo no la invente fue su voluntad de ella y si el juez lo solicitara podria confirmar la firma,
segundo en caso de hacerlo y que mis primos demandaran que podria pasar, nosotros no falsificamos el acta.
agradezco su respuesta y les envio un cordial saludo.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 211608
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Fecha de respuesta: Domingo 20 de Febrero de 2011 18:29 2011-02-20 18:29 desde IP: 187.194.34.133
Pues, toda la fortuna de tu tia es DE SU HIJO, el que reconociò, no hay fraude, es su hijo, es su fortuna.
Busca un abogado especialista.
Esta el Lic. Garovalo, Josè Manuel Gaytàn Romero, el esta en Querètaro, buscalo el sabe que hacer. 2 48 37 75.
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Autor
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AutorRespuesta No: 211990
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Fecha de respuesta: Martes 22 de Febrero de 2011 22:47 2011-02-22 22:47 desde IP: 187.194.21.2
no me ha contactado...suerte....
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Autor
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AutorRespuesta No: 211998
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Fecha de respuesta: Martes 22 de Febrero de 2011 23:27 2011-02-22 23:27 desde IP: 201.152.165.198
El segundo registro de tu hijo es nulo de pleno derecho, pero aún tienes derecho a heredar, simpre y cuando tu ascendiente que haya sido pariente consanguíneo de tu tia, ya haya muerto
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Autor
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AutorRespuesta No: 212002
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Fecha de respuesta: Martes 22 de Febrero de 2011 23:30 2011-02-22 23:30 desde IP: 187.194.21.2
eso es una tonteria... para que sea nulo...debe dictarlo un juez... y debe antes demandarlo alguien que le afecte... sin esos atributos... es valido de pleno derecho... y mientras no se perturbe mediante juicio... puedes iniciar la acciòn de juicio sucesorio intestamentario a bienes de tu tia en favor de su hijo y tu como tutor dativo....o me equivoco miguel... ????
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