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Tradicional Foro de consultas
SOLICITO SU ASESORIA FINOS Y DISTINGIDOS ABOGADOS
- Consulta : 102276
- Autor : mars_attack_2_NR
- Publicado : Miércoles 16 de Febrero de 2011 15:15 desde la IP: 189.194.143.114
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,225
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 16 de Febrero de 2011
Estado de Referencia: Durango
Buenas tardes.
Antes que otra cosa debo decir que soy egresado de derecho y en la poca praxis que llevo me he dado cuenta de que entre lo que enseñana en la escuela y lo que pasa en realidad en los juzgados hay un mundo de diferencia, el asunto es hace unos dias aun compañero y a mi nos llego un asunto una pension alimenticia, el asunto es el siguiente la disolucion del vinculo matrimonial se dio por via de mutuo plasmado en un convenio mismo que ya ha sido elevado a categoria de cosa juzgada, desde el pronunciamiento de l sentencia el deudor alimentista no ha cumplido con los pagos, ra zon por la cual el año pasado nuestra ahora clienta contrato los servicios de otro bufette mismo que realizo la promocion de un INCIDENTE DE INCUMPLIMIENTO DE SENTENCIA, sin embargo el escrito tiene varias fallas donde una de las mas lesivas son las cantidades (nunca actualizo de acuerdo a lo estipulado en la sentencia) asi pues mi pregunta viene en el siguiente sentido:
El dia de hoy presente el escrito para aperonarme, pero tengo la duda de que seria en su caso mas beneficioso, dado que el demando no ha sido notificado se puede retirar el escrito de demanda y promover uno nuevo (de hecho pensaba en un incidente de incumplimiento de convenio) o por el contrario promover un escrito para modificar el incidente ya planteado en sus fallas y aporvechar para volver a solicitar nueva fecha de notificacion para acompañar a la actuaria y aprovechar el curso que ya lleva el asunto
agradezco su atencion y espero tengan una excelente tarde
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 210967
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Fecha de respuesta: Miércoles 16 de Febrero de 2011 20:43 2011-02-16 20:43 desde IP: 187.194.55.220
eres una verguenza juridica....
1...hay que denunciar un incidente de incumplimiento de pago depensiones vencidas...no de convenio....
2...presentar con el mismo una planilla de liquidaciòn depensiones vencidas no cubiertas ...no pagadas y que destaque el monto que se pretende...
3...solocitar el embargo precautorio de bienes propiedad del demandado incidental para cubrir con la deuda pasada...
4... si tiene salario nominal... pedir que se gire oficio de descuento en nomina por parte del pagador de la empresa y se entregue en el juzgado... no en una cuenta de banco u ptras... que no vaya ella a cobrar... que le traigan el dinero al juzgado....
5...dar vista al ministerio pùblico al efecto de iniciar como se llame el delito en tu pueblo... aqui se llama incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar....
hay que hacer todos los pres... antes de la notificaciòn al deudor alimentario... y desde luego que no hay que llegar a convenio con el mismo... lo que se busca es el pago...cumplimiento y aseguramiento....
y la mera verdad... si no pueden... contraten un abogado....
nadie se los quizo contestar... porque lamera verdad... dan una pena...
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AutorRespuesta No: 211000
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Fecha de respuesta: Miércoles 16 de Febrero de 2011 23:59 2011-02-16 23:59 desde IP: 187.194.55.220
...nadie tiene un comentario??????
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AutorRespuesta No: 211062
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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Febrero de 2011 16:19 2011-02-17 16:19 desde IP: 187.144.50.129
.,.,.,.,.
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Autor
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AutorRespuesta No: 211494
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Fecha de respuesta: Sábado 19 de Febrero de 2011 21:49 2011-02-19 21:49 desde IP: 187.194.11.216
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Autor
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AutorRespuesta No: 211611
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Fecha de respuesta: Domingo 20 de Febrero de 2011 18:36 2011-02-20 18:36 desde IP: 187.194.34.133
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