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DESALOJO ARRENDAMIENTO

  • Consulta : 101693
  • Autor : adriana10julio_NR
  • Publicado : Viernes 11 de Febrero de 2011 17:30 desde la IP: 189.180.133.227
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,106
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  • Autor
    Consulta

  • adriana10julio_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    quisiera saber en que articulo de la ley puedo saber cuantas veces se necesitan visitar al inquilino cuando un juez ha dado la orden de desalojo ya hemos visitado 3 veces al inquilino y no lo localizamos esto en diferentes horarios, habilitando horarios, a mi la abogada ejecutora dice que aunque sean mil veces no podemos pasar al lanzamiento si el inquilino no lo encontramos, ahora otro abogado me dice que hasta 3 veces como lo hemos hecho es sufiente para hablar con el juez y solicitar la orden para poder abrir la casa con la yuda dela fuerza publica,,,, que puedo hacer, o investigar  a quien acudir para que me ayude por favor ayudeme me encuentro desesperada por no encontrar la solucion y estar a la deriva de lo que diga la ejecutora y de que se encuentre el inquilino...... gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 210023

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Consultante:

    Ingrese usted un escrito dirigo al Juez, solicitanto se autorice la fractura de cerraduras, en virtud de que el ejecutado se ha negado a esperar la diligencia.

    No necesitan esperar al inquilino, es entrar, inventariar y para afuera sus cosas.

    Me extraña el actuar del ejecutor,para mí que se hace el guapo, mire hablele bonito ( $), y vera que a la siguiente diligencia hace el desalojo.



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