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DESPIDO INJUSTIFICADO
- Consulta : 101422
- Autor : sony sony
- Publicado : Miércoles 09 de Febrero de 2011 19:50 desde la IP: 189.191.81.139
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,078
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 09 de Febrero de 2011
era trabajador de confianza casi 8 años en el imss, el 15 de octubre de 2010, me dijeron que ya no laboraba para èl, que pasara por mi liquidaciòn, demandè el 19 de octubre de 2010 ante la Procuraduria de la Defensa del Trabajo, sin que hasta la fecha haya tenido alguna respuesta de mi demanda, que debo de hacer???? debo contratar un abogado o esperar a que la Procuraduria me ayude????
como saber si mi liquidaciòn es la correcta???? y me van a pagar los sueldos caidos y demas prestaciones????
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 209668
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Fecha de respuesta: Miércoles 09 de Febrero de 2011 20:06 2011-02-09 20:06 desde IP: 189.234.120.61
Por los plazos no se preocupe, generalmente las juntas dilatan demasiado.
Contratar un Abogado o que la Procuraduria le ayude es su opcion. Es como ir al Doctor; en el Seguro la van a atender pero usted conoce la "calidad" del servicio, si paga uno particular usted paga por la calidad que pida.
La liquidacion debieron calcularsela en la Junta; exijales que hagan el calculo de acuerdo a la ley, nada de consesiones. Los Salarios caidos dependen de si los demando o no.
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Autor
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AutorRespuesta No: 209669
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Fecha de respuesta: Miércoles 09 de Febrero de 2011 20:07 2011-02-09 20:07 desde IP: 189.208.200.29
En respuesta a su consulta, le informo.
Lo que debió hacer desde un principio, en lugar de acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, fue conttatar a un abogado para que presentara la demanda ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, para lo cual, usted contaba con dos meses, a partir de la fecha en que fue despedido injustificadamente.
Debe acudir nuevamente a la Prwocuraduría, a fin de que le informen si, en defensa de sus derechos laborales y ante la incomparecencia del representante legal del Instituto a la junta de conciliación administrativa que señalaron, presentaron en tiempo y forma la demanda en su carácter de apoderados suyos, pues si no lo hicieron, entonces su derecho a demandar, se encuentra ya prescrito.
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Autor
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AutorRespuesta No: 209681
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Fecha de respuesta: Miércoles 09 de Febrero de 2011 20:27 2011-02-09 20:27 desde IP: 189.234.120.61
Por los plazos no se preocupe, generalmente las juntas dilatan demasiado.
Contratar un Abogado o que la Procuraduria le ayude es su opcion. Es como ir al Doctor; en el Seguro la van a atender pero usted conoce la "calidad" del servicio, si paga uno particular usted paga por la calidad que pida.
La liquidacion debieron calcularsela en la Junta; exijales que hagan el calculo de acuerdo a la ley, nada de consesiones. Los Salarios caidos dependen de si los demando o no.
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AutorRespuesta No: 210333
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Fecha de respuesta: Domingo 13 de Febrero de 2011 11:41 2011-02-13 11:41 desde IP: 189.191.81.139
HOLA, MUCHAS GRACIAS POR TU ORIENTACION, PERO QUE PASA SI VOY A RECOGER MI LIQUIDACION, YA NO PUEDO CONTINUAR CON EL JUICIO???, PUES RESULTA Q NO ENCUENTRO TRABAJO Y TENGO MUCHOS PAGOS VENCIDOS, TENGO CREDITO INFONAVIT
ADEMAS A LOS 2 DIAS Q M DESPIDIERON LE ENVIE UNA CARTA AL PRESIDENTE, QUIEN ME CANALIZO A LA PROCURADURIA DE LA DEFENSA DEL TRABAJO, AUNQ YO YA HABIA SOLICITADO APOYO DE ESTA, EL REPRESENTANT D LA PRESIDENCIA SOLICITO, Q LA PROCU LE NOTIFICARA EL AVANCE
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AutorRespuesta No: 210453
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Fecha de respuesta: Domingo 13 de Febrero de 2011 22:02 2011-02-13 22:02 desde IP: 189.208.200.29
Si la Procuraduría dejó de pasar el término de dos meses establecido en la Ley Federal del Trabajo, a partir de lafecha en que usted fue despedida, sin que presentara la demanda laboral, su derecho para hacerlo prescribió, y la encomienda que la Presidencia de la República hizo al Procurador de la Defensa del Trabajo, es inútil; por esa razón, le recomendé que acudiera a la mencionada Procuraduría, a fin de que le informen si presentaron en tiempo y forma legal la demanda, ya que si no lo hicieron dentro de los plazos establecidos en la legislación, usted perdió el derecho a demandar.
Por otra parte, si bien es cierto, la Procuraduría tiene entre sus funciones y atribuciones, designar a un abogado para que funja como su apoderado jurídico en el juicio laboral, dadas las cargas de trabajo que enfrentan,llevan los juicios en forma sumamente lenta, además de que, si en la etapa de conciliación de la audiencia inicial del juicio, el Instituto le hace una propuesta económica, aún cuando no le ofrezcan el cien por ciento de su liquidación, conforme la Ley Federal del Trabajo y el contrato colectivo de trabahjo que rige las relaciones laborales entre el Instituto y sus trabajadores, le van a sugerir que lo acepte y, frecuentemente, no nadamás lo sugieren, sino que presionan a los trabajadores para que lo haga, pues ello les representa "productividad" en perjuicio de los derechos de los obreros.
Es preferible entonces, en caso de que se hubiera presentado la demanda en tiempo y que no se haya llevado a cabo la celebración de la Audiencia de Conciliación, Demanda y Excepciones, Ofrecimiento y Admisión de Pruebas, que contrate a un abogado especialista en derecho laboral, quien pondrá su empelo para que usted sea liquidada conforme a derecho, y no acepte una liquidación disminuída en su cuantía.
Lo destaco, porque el Seguro Social, pierde más del ochenta por ciento de los juicios que los trabajadores despedidos entablan en su contra, cuando son patrocinados por un abogado particular; en cambio, cuando son defendidos por la Procuraduría, las posibilidades de un laudo absolutorio se incrementan a la mitad o más, de los juicios.
Finalmente, la decisión es suya, puede optar por continuar con la asesoría y asistencia de la Procuraduría, confiada en que pondrán más empeño en su asunto, por la encomienda que les hizo la Presidencia.
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