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JUICIO DE PETICION DE HERENCIA

  • Consulta : 101360
  • Autor : julio zaragoza
  • Publicado : Miércoles 09 de Febrero de 2011 13:54 desde la IP: 187.171.83.60
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,102
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  • Autor
    Consulta

  • julio zaragoza
    USUARIO REGISTRADO

    Gracias de antemano a las personas que están contestando mi pregunta;El problema que tengo es que la casa que mis hijos pelean es en la que actualmente vivo,cuando su mamá falleció solo aviamos construido la planta baja,con mi actual pareja construimos la planta alta y la remodelamos por completo, la casa no permite divisiones cómodas en este caso que es lo que podría hacerse.

    Estoy haciendo mi consulta del municipio de atlixco,pue.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 209596

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Estimado consultante Julio Zargoza

    Mire, en el entendido de que usted refiere su ubicación en Puebla, y toda vez que su IP nos señala que su consulta la está realizando desde el noroeste de Zacatecas, de donde salen exactamente de esa localidad muchísimas consultas hacia este Foro (lo que es probablemente sospechoso), con gusto   le transcribo la normatividad aplicable de puebla para su mejor información y entendimiento, EN CASO DE QUE NO QUIERAN PONERSE DE ACUERDO que es lo que más les conviene:

    CODIGO DE PROCEDIMEINTOS CIVILES PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA

    Artículo 590.- Cuando no haya acuerdo entre los interesados, se aplicarán a la partición del bien común, en lo conducente, las reglas relativas a la ejecución forzosa.

    Artículo 591.- Si fuere necesario procederá a la venta de bienes muebles o inmuebles que no admitan cómoda división, se realizará en la forma que determinen las partes si hubiere acuerdo y, en caso contrario, la venta se hará aplicando las reglas de la ejecución forzosa.

    SALUDOS



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