Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

ADOPCION DE NIñA

  • Consulta : 100855
  • Autor : k_bika_NR
  • Publicado : Viernes 04 de Febrero de 2011 18:41 desde la IP: 189.230.62.7
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,130
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • k_bika_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    Que se requiere para que una persona americana adopte a una niña mexicana, los padres están de acuerdo y se cumplen con todos los requisitos, que la ley exige en mexico, pero hay algun otro trámite para que la niña pueda irse a los estados unidos? alguien puede ayudarme?

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 208862

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    tu caso es complicado porq la adopcion comola plantea se estaria planteando un delito ya q los padres biologicos son los q cometerian el delito de abandono.....ya q los padres pueden sugerir pero no ......tu caso es complicado le recomiendo q la pareja acuda al dif para ver los requisitos para adoptar a niño mexicano



  • Autor
    Respuesta No: 209041

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

     

    Distinguid bika

    Existen dos tipos de adopción de acuerdo con Código Civil:

    LA ADOPCIÓN SIMPLE Y LA ADOPCIÓN PLENA.

    Adopción plena

    Esta adopción se realiza cuando el adoptado, crea relación jurídica con los parientes del adoptante, como si en realidad fuera un descendiente consanguíneo de este, de tal manera que el padre y la madre del adoptante, pasan a considerarse abuelos y abuela del adoptado, y los hermanos y hermanas del adoptante pasan a ser sus tíos y tías y en caso de que fallezcan el padre y la madre adoptivo tiene derecho el adoptado a que le den alimentoslos abuelitosy abuelitas del que fueron su padre y su madre adoptivos, y hasta los tíos y tías que menciono  antes, tendrán también ese deber de darle alimentos de ser el caso.

    También en caso de fallecimiento de las y los abuelitos , las tías y tíos, por parte del padre y  madre adoptantes, tendrán derecho a recibir herencia, de ser el caso.

     Para realizar una adopción plena es necesario que los adoptantes sean un hombre y una mujer casados entre sí por lo menos cinco años, que vivan juntos y bien avenidos, de buenas costumbres, sin hijos y con medios suficientes para subsistir y proveer educación El adoptado no deberá tener más de cinco años de edad.

    El consentimiento lo deben dar las personas a quienes por ley corresponda la patria potestad.

    Tratándose de niños abandonados dicho consentimiento lo dará el Estado.

    EFECTOS

    La sentencia de adopción plena constituye un nuevo estado civil y es irrevocable, donde confiere al adoptado los apellidos de los adoptantes y los mismos derechos, obligaciones y parentesco que la filiación sanguínea y a los adoptantes los mismos derechos y obligaciones que la consanguinidad y afinidad.

    Una de las características mas sobresalientes de la adopción plena es que extingue los vínculos jurídicos con la familia de origen (excepto lo relativo a impedimentos de matrimonio).

    La adopción Plena:

    • El actade nacimientocontendrá los mismos datos requeridos para hijos consanguíneos.
    • El adoptante no puede contraer matrimonio con el adoptado o sus descendientes, se extiende sin limitación de grado en línea recta ascendiente o descendiente y en línea colateral hasta el tercer grado( es decir, no se pueden casar los parientes como: hijas, hijos, tías, tíos, primas, primos, hasta en tercer grado del que adopta), salvo dispensa.
    • El parentesco existe entre adoptante, adoptado y los familiares consanguíneos del primero.
    • Tienen derecho y obligación recíprocos a brindarse alimentos entre adoptante y adoptado.

    A partir del 22 de abril de 1998, la Cámara de Senadores aprobó por unanimidad el proyecto de dictamen que plantea la institución jurídica de la adopción plena, a través de reformas y adiciones al Código Civil para el Distrito Federal, en materia del fuero común y para toda la República, en materia del fuero federal; Y al Código de procedimientos civiles para el Distrito Federal. Con lo que el adoptado adquiere la misma condición de una hija o hijo consanguíneo.

    Los requisitos para poder adoptar son los siguientes:

    • Contar con 25 a 40 años de edad.
    • Tener más de cinco años de casados.
    • Ingresos comprobados mínimos de cinco mil pesos al mes.
    • Solvencia moral comprobable, mediante cartas de recomendación.
    • Asistir a un cursode seis meses sobrepaternidad responsable y que una de las dos personas de la pareja sea estéril, comprobado a través de un certificadomédico.
    • Que la adopción es benéfica para la persona a adoptarse.
    • Que la diferencia de edad entre adoptante y adoptado sea de al menos 17 años de edad.

    Para llevar a acabo los trámites de adopción se realizan estudios socioeconómicos y psicológicos por parte del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), y esta institución es la encargada de autorizar o rechazar la demanda de adopción por parte de una pareja.

    La misión del Sistema Nacional del DIF es proteger a las niñas, niños y adolescentes en total desamparo, brindándoles albergue, alimentación, educación y los cuidados necesarios para su sano crecimiento, físico, mental y social.

    Al mismo tiempo, procura reintegrarlos a un hogar como espacionaturale idóneo para su desarrollo armónico, por lo cual los promueve en adopción, una vez que se ha definido su situación jurídica y cuando no existe ningún tipo de vínculo con la familia biológica.

    La institución promueve preferentemente la adopción entre parejas o personas solteras nacionales, pero, de acuerdo con la Convención sobre la Protección de Menores en Materia de Adopción Internacional que se concluyó en La Haya Países Bajos en l998, la cual fue suscrita por el gobierno de México, el DIF tramita también la adopción de niños y niñas mexicanos por parte de ciudadanos extranjeros, y además es autoridad central en materia de adopción internacional

    Adopción simple.

    Esta adopción es la que genera solo derechos y deberes entre el adoptante y el adoptado, pero no  crea relación alguna de parentesco entre el adoptado y los parientes del adoptante ni entre el adoptante y los parientes del adoptado. Todos se Reduce a la relación entre adoptante y adoptado.

    En el ejemplo puesto arriba, la adopción simple solo va a crear relaciones jurídicas entre el señor y señora con el menor pero no habrá relación alguna entre el menor y los parientes señor y la señora.

    Tampoco habrá relación alguna entre los padres adoptivos y los padres biológicos del menor

    La relación jurídica y de parentesco, como se anota, solo se da entre adoptante y adoptado, y respecto  de los parientes consanguíneos de unos y de otra, no hay relación jurídica alguna.

    Así si los padres adoptivos del menor  fallecen los abuelos adoptivos no tendrán derecho ni estarán obligados a dar alimentos al menor.

    En caso de que fallezcan los alguno de los dos padres adoptivos el menor adoptado no  tendrá derecho a herencia, y ello se reitera, porque no hay relación alguna jurídica, entre la adoptado y los parientes de los adoptantes.

     Para realizar una adopción simple en algunos Estados, es necesario que la persona sea soltera, mayor de veinticinco años de edad y quince años mayor que el que se pretenda adoptar; de buenas costumbres, con medios suficientes para subsistir y proveer educación. Es posible autorizar (por medio del juez) la adopción de dos o mas personas simultáneamente. Un mayor de edad puede ser adoptado.

    EFECTOS

    El menor o incapacitado que haya sido adoptado, puede impugnar su adopción, dentro del año siguiente a su mayoría de edad o a la fecha en que haya desaparecido su incapacidad. Si el menor tiene mas de catorce años, se necesita su autorización para ser adoptado.

    Permanecerán los efectos de la adopción aunque sobrevengan hijos al adoptante y este tendrá respecto de la persona y bienes, los mismos derechos y obligaciones que tienen los padres respecto a sus hijos. Así el adoptado tendrá los mismos derechos y obligaciones que tiene un hijo. Es posible cambiarle el nombre de pila al adoptado quien recibirá los apellidos del adoptante.

    Con la adopción simple no se extinguen los derechos y obligaciones con el parentesco natural, excepto la patria potestad que pertenecerá al adoptante.

    La adopción simple permite la revocación restituyendo todo al estado en que estaban antes de que se efectuara; esto se da cuando ambas partes lo convengan y el adoptado sea mayor de edad ó por ingratitud del adoptado.

     La adopción se revoca o extingue:

    *Si ambas partes están de acuerdo

    *Si se demuestra que existe peligro para el menor

    *Por ingratitud, esto significa:

    -Cometer un delito en contra de la honra y bienes del adoptante.

    -Denunciar al adoptante aunque el delito se pruebe

    -Si se rehúsa a dar alimento cuando el adoptante cae en pobreza.

              La adopción simple:

    • El acta de nacimiento contendrá datos del adoptado y el adoptante, testigos, datos especiales y de la resolución judicial. Se hace la anotación respectiva al acta de nacimiento.
    • El adoptante no puede contraer matrimonio con el adoptado o sus descendientes.
    • El parentesco existe sólo ente adoptante y adoptado.
    • Tienen el derecho y obligación recíprocos a brindarse alimentos entre adoptante y adoptado.
    •  

    En caso de duda quedo a la espera de su contacto

    Cordialmente

    Talento, pasión y trabajo

    Lic José Juan Aguilera

    TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

    tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx

     



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión