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POR FAVOR AYúDENME!,,,,,
- Consulta : 158340
- Autor : Alejandrogevara
- Publicado : Lunes 02 de Julio de 2012 12:28 desde la IP: 201.171.63.198
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,227
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 02 de Julio de 2012
que tal buenas primero que nada gracias por su apoyo.... me an puesto una orden de aprension por el delito de robo de vehiculo en su modalidad de posesion por el motivo el cual una amiga me señalo ante el ministerio publico que yo se lo habia proporsionado pero lo dijo bajo pression sicologica y en el juzgado en vez de ratificar la misma declaracion la amplio diciendo que avia sido victima de intimidacion por tal motibo firmo la declaracion sin ver su contenido pero que a ella yo no le e proporsionado ningun vehiculo de prosedencia ilicita ..... nececito ayudaaaa para saber si puedo librar este asunto sin ser detenido ,,,,, gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 272992
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Fecha de respuesta: Lunes 02 de Julio de 2012 12:37 2012-07-02 12:37 desde IP: 201.137.142.238
BUENO PRIMERO LO IMPORTANTE ES INTERPONER UN AMPARO INDIRECTO PARA SABER REAL LA PARTICIPACION QUE TIENES Y LOGRAR PODERTE PRESENTAR EN EL JUZGDO PARA DECLARARAS CON EL AMPARO Y BUENO ACREDITAR QUE NO TIENES LA RESPONSABILIDAD DE TAL DELITO
SI TIENES ALGUNA DUDA NOS PONEMOS A SUS ORDENES
LIC. ALEJANDRO BARROSO
TEL DESPACHO 55.82.94.11
TEL NEXTEL 36.19.84.09
TEL CEL 55.29.19.30.66
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Autor
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AutorRespuesta No: 272993
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Fecha de respuesta: Lunes 02 de Julio de 2012 12:52 2012-07-02 12:52 desde IP: 148.246.134.64
Aunque la información que se nos proporciona es muy escasa, voy a sugerir lo siguiente:
- Esta clase de delitos se persigue por querella de parte ofendida, ante tal situación deberás comparecer ante un eventual citatorio del M.P.
- La audiencia de conciliación una vez acudiendo deberá de desahogarse, tu defensa en su caso debe procurar por llegar a obtener departe de la ofendida el perdón, para que así la acción penal quede extinta.
- En caso de que aun así el M.P. ya haya solicitado al Juez libre la orden de aprensión puedes solicitar el Amparo Indirecto (art 114 fracc. V y 130 párrafo III –Ley de Amparo-) en base a la violación de tus derechos humanos (art. 14 y 16 Constitucionales y los relativos al Código de Procedimientos Penales, por no seguir el debido proceso)
- Obvio un amparo siempre involucra un alto costo por su despacho, pero en caso de no contar con los recursos puedes solicitar el patrocinio de la defensoría de oficio.
En caso de duda puede escribirme en las referencias que tengo en este portal. SUERTE
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