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DEMANDA ARRENDAMIENTO

  • Consulta : 149891
  • Autor : iselacruzromero_NR
  • Publicado : Lunes 07 de Mayo de 2012 15:06 desde la IP: 148.233.146.162
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,229
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  • Autor
    Consulta

  • iselacruzromero_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buenas tardes:

    Estoy rentando una casa la dueña me dijo que le entregará las rentas a su sobrino, pero el día de ayer me dejaron una cedula de notificación de demanda por falta de pago de rentas y tiene auto de embargo, me la dejaron debajo de la puerta, quisiera saber si debo presentar primero un incidente de nulidad de emplazamiento junto con la contestación de la demanda, o cada uno se presenta por separado, porque en la cedula dice que me dejaron a mí la demanda cosa que no es cierta. Mil gracias por su respuesta. Saludos.do una casa la dueña me dijo que le entregará las rentas a su sobrino, pero el día de ayer me dejaron una cedula de notificación de demanda por falta de pago de rentas y tiene auto de embargo, me la dejaron debajo de la puerta, quisiera saber si debo presentar primero un incidente de nulidad de emplazamiento junto con la contestación de la demanda, o cada uno se presenta por separado, porque en la cedula dice que me dejaron a mí la demanda cosa que no es cierta. Mil gracias por su respuesta. Saludos.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 265216

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    iselacruzromero_NR

    La contestacion de la demanda y el incidente de nulidad por falta de emplazamiento si usted las presenta al mismo tiempo, va usted a convalidar la notificacion defectuosa.

    Asistase de abogado de su confianza.

    Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 265225

  • GISELA CRUZ
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Gracias por su respuesta, la verdad es que estoy estudiando Derecho y me gustaría contestar la demanda yo misma, sólo que no se si me convenga demandar el incidente de nulidad de emplazamiento, porque luego en caso de proceder tal vez entonces sí me trabarían embargo, y bueno de decidirme a si demandar el incidente, primero debo meter el incidente en un escrito y en otro la contestación, o espero a que me acuerden lo del incidente?, mil gracias y saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 265226

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    GISELA CRUZ

    Recuerde que en los juicios de CONTROVERSIA DE ARRENDAMIENTO en el Distrito Federal el termino para contestar la demanda es de cinco dias habiles que comienzan a correr a partir del dia siguiente en que se practica el emplazamiento.

    El incidente de nulidad de actuaciones  por falta de emplazamiento, lo puede usted interponer hasta antes de que se dicte sentencia no despues. Una vez dictada la sentencia definitiva en el juicio, Tiene usted como opcion el interponer un Amparo. Lo anterior si opta usted por no dar contestacion a la demanda.

    Asistase de alguno de sus profesores que imparta la materia de procesal civil.

    Saludos.



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