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DEMANDA ARRENDAMIENTO
- Consulta : 149891
- Autor : iselacruzromero_NR
- Publicado : Lunes 07 de Mayo de 2012 15:06 desde la IP: 148.233.146.162
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,229
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 07 de Mayo de 2012
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buenas tardes:
Estoy rentando una casa la dueña me dijo que le entregará las rentas a su sobrino, pero el día de ayer me dejaron una cedula de notificación de demanda por falta de pago de rentas y tiene auto de embargo, me la dejaron debajo de la puerta, quisiera saber si debo presentar primero un incidente de nulidad de emplazamiento junto con la contestación de la demanda, o cada uno se presenta por separado, porque en la cedula dice que me dejaron a mí la demanda cosa que no es cierta. Mil gracias por su respuesta. Saludos.do una casa la dueña me dijo que le entregará las rentas a su sobrino, pero el día de ayer me dejaron una cedula de notificación de demanda por falta de pago de rentas y tiene auto de embargo, me la dejaron debajo de la puerta, quisiera saber si debo presentar primero un incidente de nulidad de emplazamiento junto con la contestación de la demanda, o cada uno se presenta por separado, porque en la cedula dice que me dejaron a mí la demanda cosa que no es cierta. Mil gracias por su respuesta. Saludos.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 265216
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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Mayo de 2012 15:10 2012-05-07 15:10 desde IP: 201.141.130.114
iselacruzromero_NR
La contestacion de la demanda y el incidente de nulidad por falta de emplazamiento si usted las presenta al mismo tiempo, va usted a convalidar la notificacion defectuosa.
Asistase de abogado de su confianza.
Saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 265225
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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Mayo de 2012 16:13 2012-05-07 16:13 desde IP: 148.233.146.162
Gracias por su respuesta, la verdad es que estoy estudiando Derecho y me gustaría contestar la demanda yo misma, sólo que no se si me convenga demandar el incidente de nulidad de emplazamiento, porque luego en caso de proceder tal vez entonces sí me trabarían embargo, y bueno de decidirme a si demandar el incidente, primero debo meter el incidente en un escrito y en otro la contestación, o espero a que me acuerden lo del incidente?, mil gracias y saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 265226
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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Mayo de 2012 16:36 2012-05-07 16:36 desde IP: 201.141.130.114
GISELA CRUZ
Recuerde que en los juicios de CONTROVERSIA DE ARRENDAMIENTO en el Distrito Federal el termino para contestar la demanda es de cinco dias habiles que comienzan a correr a partir del dia siguiente en que se practica el emplazamiento.
El incidente de nulidad de actuaciones por falta de emplazamiento, lo puede usted interponer hasta antes de que se dicte sentencia no despues. Una vez dictada la sentencia definitiva en el juicio, Tiene usted como opcion el interponer un Amparo. Lo anterior si opta usted por no dar contestacion a la demanda.
Asistase de alguno de sus profesores que imparta la materia de procesal civil.
Saludos.
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Autor






