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NINGUNO

  • Consulta : 173698
  • Autor : cruzor03_NR
  • Publicado : Viernes 19 de Octubre de 2012 19:28 desde la IP: 189.148.10.196
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,228
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  • Autor
    Consulta

  • cruzor03_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Veracruz

    ¿CUAL ES LA DIFERENCIA EN EL ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL ANTES Y DESPUES DE LA REFORMA DE 1992?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 289198

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    pos la reforma... esta en la redaccion... hay que leerlo... y ver que puntos se afirmaron... se reformaron... que son los que los bancos no pueden ser dueños de los bienes que se adjudiquen.. .. que deben venderlos .... y no convenirlos o reformar los convenios de deuda...



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