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POSIBLE DESPIDO A LOS 57 Y MEDIO

  • Consulta : 228226
  • Autor : ana_90_NR
  • Publicado : Lunes 28 de Abril de 2014 18:44 desde la IP: 189.217.74.224
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,230
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  • Autor
    Consulta

  • ana_90_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Hola buenos dias 

         En la fabrica que laboro se corre el rumor , que por la apertura de una nueva planta (mas moderna) cerraran donde estoy trabajando. Esto es un hecho solo es cuestion de tiempo, ya lo hicieron con otra anteriormente . Ahora le dare unos detalles de la otra planta que ya cerraron 

    1- A unos pocos se los llevaron con nuevo contrato y le pagaron su despido como renuncia voluntaria , alegando que no los despedian que los movian de lugar les otorgaron 12 dias de salario minimo al doble por año laborado . Ya en la nueva planta , que  por cierto esta muy lejos , practicamente tubieron que renunciar pues de 8 horas los cambiaron a 12 por 24 sin el tiempo extra de los domingos mas los pasajes el gasto extra del transporte pues no pudieron muchos continuar

    2- A otros los despidieron con el 100% , 20 dias de su sueldo por año laborado 

    Usted me disculpara por no saber expresarme bien pero es que tengo un super tornado en el cerebro 

    Ahora mis datos 

    Tengo una ipp de 700 pesos mensuales (no se si esto es importante)

    Tengo 21 años de antiguedad (casi , ingrese a finales de 1993)

     Como mencione anteriormente tengo 57 y 4 meses

     Soy mecanico , pero no pertenesco al sindicato

    Aca estan mis preguntas 

    1- ¿Puedo pensionarme ya , si me despiden?

    2- ¿ Debo aceptar el "traslado" si me lo ofrecen?

    3- ¿ Como afectaria a mi pension , si no trabajo hasta los 60?

    4- ¿ Que es lo de continuacion voluntaria ?

    Gracias de antemano y de veras se lo agradecere si logra calmarme un poco mi torbellino 

    atentamente 

    jorge gonzalez

     

     

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 353877

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    1.- Todavía no te puedes pensionar. Será hasta que tengas 60 años cumplidos.

    2.- El traslado dependerá de ti y qué tanto te pueda afectar.

    3.- La pensión aumenta de acuerdo al número de semanas cotizadas acumuladas y al salario promedio cotizado de las últimas 250 semanas. Entre más semanas y mejor salario, mayor pensión.

    4.- La Continuación Voluntaria es la opción para que los trabajadores que dejen de cotizar a través de un patrón puedan continuar haciéndolo por su cuenta, mediante un pago mensual,  y con esto sumar más semanas cotizadas. Si el salario con que se dan de alta en esta modalidad es alto, su pensión puede mejorar. En tu caso, si dejas de trabajar ahora, sería muy recomendable inscribirte en esta modalidad hasta los 60 con el mayor salario posible.

    La IPP no afecta para nada, cuando te pensiones por Cesantía se sumarán las dos pensiones.



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