- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
USO NO AUTORIZADO DE IMAGEN PERSONAL.
- Consulta : 242817
- Autor : e_ricardez_NR
- Publicado : Miércoles 24 de Septiembre de 2014 11:31 desde la IP: 189.135.76.202
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,227
-
AutorConsulta
-
Publicado el Miércoles 24 de Septiembre de 2014
Estado de Referencia: Distrito Federal
Estimados foristas, les va esta duda.
Alguien ha usado mi imagen personal sin mi consentimiento escrito en sus medios de publicidad como volantes y página web.
He estado investigando y en el papel esto es completamente ilegal, pero al parecer hay varios vacios legales y retrasos en esta materia en México. Pregunta:
¿Es conveniente entablar alguna acción legal sin que se corra el riesgo de ser contrademandado? Esto tomando en cuenta que al parecer en México estamos en pañales en estos asuntos.
Como añadidura expongo los argumentos legales que he encontrado donde se expone que el derecho de reservar la imagen personal esta protegido dentro del "Derecho a la intimidad, al respeto de la vida privada y a la prohibición de realizar actos de molestia sin mandamiento escrito debidamente fundado y motivado" reconocidos por la legislación mexicana y tratados internacionales adoptados por México de acuerdo con los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación:
Artículo 87 de la Ley Federal del Derecho de Autor donde se establece claramente que el retrato de una persona sólo puede ser usado o publicado con su consentimiento expreso… (Aquí cabe el argumento que se protege al autor del retrato, no al retratado)
El artículo 298 del Código Penal del estado de Yucatán que establece de uno a 4 años de prisión y de 10 a 200 días de multa a quien difunda información que falte al derecho a la vida privada. Este es por citar un ejemplo de legislación local sobre la materia, me imagino que ya habrá más.
El artículo 1916 del Código Civil Federal que establece la obligatoriedad de reparar los daños morales mediante una indemnización en dinero por parte del responsable de afectar los afectos, creencias, decoro, honor, reación, vida privada, configuración y aspectos físicos de una persona… …y que también menciona que el uso o ataque a la imagen propia de una persona es un hecho ilícito.
Instrumentos Internacionales que México ha firmado y al cual se obliga mediante el Artículo 133 constitucional como son el artículo 12 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la ONU, el artículo 17 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el artículo 11 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos.
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí




