Saludos y muchas gracias de antemano
Hace algunos años promoví una diligencia de apeo y deslinde para marcar los límites de un terreno y lo resuelto en dicha diligencia quedó asentado como límites legales. Sin embargo, para ciertos trámites registrales necesito utilizar las medidas y colindancias que tenía el terreno ANTES del apeo y deslinde. Preguntando en el Registro Público de la Popiedad en Tenango del Valle (municipio donde se encuentra el terreno) me dijeron que lo que tenía que hacer era cancelar dicho apeo y deslinde para que los límites legales fueran como antes.
Mi pregunta es la siguiente, ¿es esto posible? y si así es, ¿ante quién se debe promover la cancelación? ¿en que ley, código o reglamento está fundamentada la cancelación de un apeo y deslinde en el Estado de México?
¡De antemano, muchas gracias!
Adrián Martínez