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IMPEDIR ACCESO INQUILINO?

  • Consulta : 222081
  • Autor : clemagami_NR
  • Publicado : Martes 18 de Febrero de 2014 18:01 desde la IP: 201.141.192.115
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,229
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  • Autor
    Consulta

  • clemagami_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Tengo un contrato celebrado en enero, para que el inquilino tome posesion el 1 de abril, pagando por anticipado el primer mes de arrendamiento.  Sin embargo, me dio un CHEQUE SIN FONDOS.  Tengo contrato por escrito, pero no estipula esta circunstancia.  El termino del contrato es de 1 año.

    • Puedo no permitir el acceso hasta que cubra el cheque?
    • Si no permito el acceso es Despojo?
    • Puedo argumentar incumplimiento de contrato de su parte?

    Muchas gracias por sus respuestas!

     

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  • Autor
    Respuesta No: 340651

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Dado que el contrato de arrendamiento se forma con el consentimiento de las partes, otorgándolo con las formalidades exigidas por la legislación civil, a partir de su celebración, usted está oblifado a otorgar al arrendatario el uso y goce del inmueble materia del mismo, y a su vez, el arrenatario a pagarle el importe de la renta convenida.

    En su caso, si usted impide que el arrendatario use y disfrute del inmueble, efectivamente comete el delito de despojo de inmueble, ya que através del contrato de arrendamiento, usted le otorgó la posesión legal de la finca.

    Y usted no puede argumentar como pretexto para incurrir en el delito, el incumplimento del arrendatario, ya que NADIE puede hacerse justicia por su propia mano, en virtud de que para eso están los tribunales competentes.

    Lo que debe hacer es, asistido de un abogado especialista en Derecho Civil, demandar la rescisión del contrato de arrendamiento por falta d epago de rentas, reclamándo las vencidas y las que se sigan venciendo hasta la desocupación y entrega material y jurídica del inmueble.



  • Autor
    Respuesta No: 340704

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    los cheques son documentos mercantiles a la vista... esto quiere decir... en pago... ya te lago... que tenga fondos o que pase o no pase el cheque en el banco... son otra cosa... si por el cheque... diste recibo... y no pusiste cheque salvo buen cobro... podrá entrar a tu casa y cumplir con el contrato... lo mejor que puedes hacer es darle el cheque a un abogado especialista en materia mercantil... permitir el uso y que ahí sea embargado y secuestrado....



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