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DESPUES DEL DIVORCIO CUANDO ME PUEDO CASAR?

  • Consulta : 133249
  • Autor : fussion_dance_NR
  • Publicado : Domingo 18 de Diciembre de 2011 15:01 desde la IP: 189.169.41.161
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,228
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  • Autor
    Consulta

  • fussion_dance_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Jalisco

    BUENAS TARDES, EN JALISCO, DESPUES DE UN DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO EN EL QUE MI EXESPOSO INICIO LOS TRAMITES, CUANTO TIEMPO DESPUES PUEDO VOLVER A CASARME, AUNQUE YA TIENE MAS DE 6 AÑOS QUE YA NO VIVE CONMIGO, SE PUEDE ANTES DE UN AÑO?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 248370

  • felpingut
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    EN EL ESTADO DE JALISCO TE PUEDES CASAR DESPUES DE UN AÑO DE QUE CAUSO ESTADO LA SENTENCIA DEL DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, UNA SENTENCIA CAUSA ESTADO DESPUES DE 10 DIAS DE DICTADA LA SENTENCIA.



  • Autor
    Respuesta No: 248376

  • FAUSTO LUNA
    NO REGISTRADO

    Artículo 420.‑ En virtud del divorcio, los cónyuges recobrarán su entera capacidad para contraer nuevo matrimonio.

     

    El cónyuge que haya dado causa al divorcio no podrá volver a casarse, sino después de dos años, a contar desde que se decretó el divorcio.

     

    Para que los cónyuges que se divorcien voluntariamente puedan volver a contraer matrimonio, es indispensable que haya transcurrido un año desde que obtuvieron el divorcio.



  • Autor
    Respuesta No: 248378

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    En efecto y para complementar lo dicho por los colegas solo que no causan estado despues de 10 dias. Puede solicitarse luego de es fecha pero causa estado un vez que el juez asi lo decrete y si hn transcurrido 6 años y nunca se solicito causara estado ... Simplemente no importara que se haya decretado el divorcio años antes Saludos



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