- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
PRESCRIPCION NEGATIVA PRESTAMO HIPOTECARIO
- Consulta : 177536
- Autor : sonbosm_NR
- Publicado : Jueves 22 de Noviembre de 2012 14:24 desde la IP: 146.115.46.89
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,228
-
AutorConsulta
-
Publicado el Jueves 22 de Noviembre de 2012
Estado de Referencia: Sonora
Que tal senores participanetes de este foro, mi consulta es por lo siguiente: se adquirio un prestamo hipotecario con el banco, en 1992, se suspendieron los pagos el banco inicio un Juicio Ejecutivo Mercantil, despues de dos instancias y en Amparo Directo el Banco perdio el banco por la via en que demando, solo lo apoyo el poder judicial del estado.
En 1995 el banco inicio un juicio Ordinario Mercantil, solo lo notifico y no avanzo el asunto ya pasaron 17 anos y creo que el asunto esta en el archivo del estado.
Mi pregunta es que debo hacer:
1. A quien le notifico al Banco o el representante que menciono en la demanda.
2. Puedo hacerlo por edictos o notificar en lista.
3. Debo activar el mismo juicio y se resuelva por prescripcion negativa.
4. Debo interponer un Incidente para que se resuleva la prescripcion negativa.
5 Se debe inicial un jucio diferente como un Ordinario civil,
Gracias por su ayuda y orientacion.
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 292875
-
Fecha de respuesta: Jueves 22 de Noviembre de 2012 16:43 2012-11-22 16:43 desde IP: 189.244.54.4
Se daran varias opiniones y entre ellas no faltaran las que sean controversiales. En fin, pero estas respuestas no dejaran de ser una opinion que deberan apoyarse conjuntamente con la Ley.
R 1.- NO
R 2.- NO
R 3-4.- Menciona que en Amparo el Banco perdio?...luego...Lo apoyo el Poder Judicial del Estado???
No esta nada clara la consulta, podra ser mas especifico???
Si el Banco inicio nuevo Juicio Mercantil en 1995 y no "avanzo", debe consultar el expediente y ver si existe
Sentencia, ya que se coloca en el supuesto de Desechamiento y/o Sobreseimiento. Si es asi, consulta la
Resolucion del Amparo para verificar el sentido, esto es, si Ampara al Banco o Niega. Si niega debes ver el
sentido de la parte que niega para saber en que estado guarda el expediente. Si ampara, debes ver para
que efectos se resolvio. Todo esto es parte de lo necesariamente indispensable que se requiere para, en su
caso, se pueda recurrir. De lo contrario, resulta solo especulacion y supuestos no firmes.
R 5.- Dependiendo de la situacion que guarda el Juicio actualmente, se podra ofrecer una orientacion adecuada a su consulta por los participantes en este Foro.
-
Autor





