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EMBARGO
- Consulta : 280960
- Autor : sosarivas_NR
- Publicado : Jueves 15 de Septiembre de 2016 11:56 desde la IP: 187.150.144.62
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,228
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 15 de Septiembre de 2016
Estado de Referencia: Oaxaca
SI EN LA DILIGENCIA DE EMBARGO DE UN JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, EL DEMANDADO NO HACE EL PAGO REQUERIDO PERO SEÑALA BIENES PARA SU EMBARGO, AUN QUE SEAN CUALQUIER COSA, …...EL DEMANDANTE PUEDE SEÑALAR TAMBIEN BIENES PARA EMBARGO O YA PIERDE ESE DERECHO? -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 390887
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Fecha de respuesta: Jueves 15 de Septiembre de 2016 12:48 2016-09-15 12:48 desde IP: 187.157.55.83
Estimado consultante, Aun cuando el demandado haga uso del derecho que la ley confiere para manifestar los bienes para trabar embargo, el actor puede manifestar, que en virtud de que lo señalado por la parte demandada no cubriran el importe de la suerte principal y los accesorios legales reclamados, en ese acto es su deseo hacer uso de su derecho y señalar como bienes para trabar formal embargo.... Saludos cordiales. Lic. Raúl Huerta
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Autor
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AutorRespuesta No: 390899
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Fecha de respuesta: Viernes 16 de Septiembre de 2016 18:52 2016-09-16 18:52 desde IP: 189.180.240.154
el actor.... por medio de su abogado.... o por propia voz.... despues de que el demandado señalo sus bienes... puede manifestar que... los bienes .... muebles o inmuebles.... señalados por la demandada... a su juicio y en ese momento y en base al criterio del actuario o ministro ejecutor... no cubriran el importe de la suerte principal y los accesorios legales reclamados... por lo que puede pedir el uso de la voy y manifestar en ese acto su deseo de hacer uso de su derecho y ampliar el embargo señalando bienes que demuestra existen o que estan a la vista para trabar formal embargo sobre los mismos.... y si fuere el caso .... secuestrarlos y llevarselos... si esto físicamente es posible en ese acto... que es indivisible y que no se suspende mas que con el pago... o con la dación en pago...
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