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PENSIóN ALIMENTARIA
- Consulta : 270976
- Autor : pedroaragon_NR
- Publicado : Lunes 06 de Julio de 2015 23:16 desde la IP: 187.191.6.125
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,226
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 06 de Julio de 2015
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 382617
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Fecha de respuesta: Lunes 06 de Julio de 2015 23:57 2015-07-06 23:57 desde IP: 201.145.109.54
apreciable cosultante:
legalmente primero tiene que tener trabajo, despues tramitar un juicio por manutencion y en base a sus ingresos un juez fijara lo pertinente, a menos de que usted se ponga la cantidad, un juez no podria fijar una pension que usted no pudiera dar.
suerte...
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