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TRAMITE PENSION SIN ESTAR OBLIGADO A UNA RELACION LABORAL

  • Consulta : 262015
  • Autor : macaed_5109_NR
  • Publicado : Miércoles 08 de Abril de 2015 20:18 desde la IP: 201.141.143.24
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,227
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  • Autor
    Consulta

  • macaed_5109_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Lic. Saul Ramirez

     

    Le agradeceria indicarme en que año y a que artículo se refiere la modificacion que la H. Camara de Diados autorizó en el sentido de que cualquier trabajdor que ubiese cotizado al IMSS el mínimo de semanas requerido  y teniendo la edad (60 ó 65) podrá soliciotar su pension sin tener que estar sujeto a una relación laboral o bien que haya sobrepasado su conservacion de derechos. Agradeceré su informacion y si es posible indicarme la fecha en la que apareció dicha modificacion en el Diario Oficial correspondiente. GRACIAS

     

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  • Autor
    Respuesta No: 377561

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    No está muy claro a qué te refieres.

    Por principio para obtener una pensión, entre otros requisitos, es necesario no estar sujeto a una relación laboral, siempre ha sido así.

    Y solicitar su pensión por CV dentro de su período de conservación de derechos sigue siendo un requisito en la ley 73 aunque en la ley 97 ya no.



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