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BAJO QUE DELITO COBRO UN PAGARE EN MATERIA PENAL
- Consulta : 210047
- Autor : marcoariessan_NR
- Publicado : Jueves 03 de Octubre de 2013 19:20 desde la IP: 189.146.125.55
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,104
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 03 de Octubre de 2013
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buenas tardes, bajo que delito denunciando a una persona fisica puedo cobrar un pagare independientemente de la via ejecutiva mercantil, esto dada las circuntancias que no se tubo la precaución de garantizar el titulo de credito, mediente el aval y en virtud de que el deudor no tienes bienes que garanticen la cantidad por la cual firmo el pagare. De mucha ayuda me pueden servir sus puntos de vista gracias a todos.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 327761
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Fecha de respuesta: Jueves 03 de Octubre de 2013 19:39 2013-10-03 19:39 desde IP: 187.162.210.121
Bajo ninguno, pues el impago de un título de crédito de los denominados por la Ley pagaré, no es un delito sancionado con pena de prisióin, solamente le da derecho a reclamar el pago en la vía ejecutiva mercantil, además de que si usted no se cercioró que el firmante tuviera la suficiente solvencia, no es culpa de él, sino suya,
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