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¿QUE TIPO DE CONTRATO PUEDO HACERLE A UN PORTERO DE EDIFICIO?
- Consulta : 193917
- Autor : crump.shirley_NR
- Publicado : Martes 16 de Abril de 2013 18:47 desde la IP: 201.116.20.59
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,092
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 16 de Abril de 2013
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buenas tardes licenciados, la pregunta puede sonar extraña, sin embargo el caso es el siguiente: vivimos en un edificio de 20 departamentos, queremos contratar directamente a un portero/vigilante para el edificio (no outsourcing), realmente no sabemos si para este tipo de trabajo se requiere de un contrato como tal (partiendo que este tipo de trabajos como puede ser un jardinero, personas de aseo, etc, las “contrataciones” son de palabra); entonces quien sería el patrón? Los 20 condóminos? Tenemos un administrador informal y digo informal porque no está registrado en la PROSOC, los pagos se le harían en efectivo ó en cheque de la cuenta donde todos depositamos nuestro mantenimiento; no podemos tenerlo como nomina porque no tenemos una empresa; no sé si nos debamos arriesgar y contratarlo por palabra ó hay algún esquema laboral donde encaje para la situación que describo.
Agradezco la Atención.
Atentamente
Alma Monroy
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 314172
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Fecha de respuesta: Martes 16 de Abril de 2013 19:16 2013-04-16 19:16 desde IP: 189.225.174.131
Distinguida Consultante
Contestando su pregunta si es importante se le recabe tanto la solicitud de empleo, como se le elabore un contrato, y se le pague contra recibo para evitar que en caso de una demanda pueda falsear los datos y exigir prestaciones superiores, pero sería importante que un condómino que sea contador o abogado los elaborara.
Es importante que el administrador quede por un año como patron y no meter a todos por que legalmente no pueden acudir a defender al condominio sin personalidad.
Pueden optar que una compañía de limpieza les proporcione uno, es un poco más caro pero si no les agrada ellos de inmediato lo cambian además le darán todas las prestaciones como imss y no tendrán que preocuparse de demandas futuras
En caso de duda quedo a la espera de su contacto
Cordialmente
Talento, pasión y trabajo
Tu amigo abogado ®
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
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