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DUDA DE EMPLAZAMIENTO, ME PUEDEN ASESORAR POR FAVOR.

  • Consulta : 193405
  • Autor : preguntandosellegaaroma_NR
  • Publicado : Jueves 11 de Abril de 2013 22:18 desde la IP: 201.152.201.242
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,087
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  • Autor
    Consulta

  • preguntandosellegaaroma_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: San Luís Potosí

    buenas noches a todos.

    quiero preguntar a ustedes si despues de emplazar al demandando en un jucio mercantil se puede emplazar tambien al aval, lo que pasa es que el deudor principal no tiene muchos bienes y el aval si. o tengo que desistirme de la demanda del deudor principal y emplazar al aval en la isma demanda o tengo que promover otra demanda para el aval.

    por su apoyo y comprension gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 313706

  • ZETH
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    la pregunta es, a quien demandaste el pago principal, al deudor originario o al aval?  ya que la cedula de notificación se hace en base a tu escrito inicial de demanda en la cual solicitas se emplace a x ó y... no se cual sea tu caso,  sin embargo puedes enderezar la demanda, otra pegunta, eres abogado? estudiante? o un particular con ganas de aprender? ya que si no sabes como llevar el procedimiento seguro lo vas a tirar al caño... saludos



  • Autor
    Respuesta No: 313781

  • DCP MEXICO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Sin problema puedes emplazar a juicio a deudor pricipal y al aval si viven en el mismo domicilio o en distintos, esto depende de los tiempos y labores del Actuiario, si ya emplazaste a principal, puedes solicitar que ordenen se elabore cédula de notificación para que se emplace al aval.

     

    Saludos Cordiales.



  • Autor
    Respuesta No: 313789

  • Lic. Rosalio G.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    MIra preguntador con rumbo a roma, independientemente del modo de iniciar la demanda, ya que cada abogado somos un mundo diferente y tenemos formas diferentes de cobrar, lo "normal" o "habitual" es demandar a ambos o a los tres al mismo tiempo, es decir al deudor principal, al primer aval y al segundo aval si es que lo hay, por el hecho de que no puedes exijirle el pago directo al aval hasta no agotar la instancia con el deudor principal, ahora bien si sabes de antemano que el deudor principal no es solvente, o sus bienes no cubren la totalidad de la deuda, y esto se demuestra en juicio se procede en automatico contra el aval y sus bienes...

    Para abundar más en tu tema ponte en contacto conmigo mediante el siguiente link:

    "https://facebook/pages/Servicios-Juridicos-GF/444606572268898?ref=tn_tnmn">https://facebook/pages/Servicios-Juridicos-GF/444606572268898?ref=tn_tnmn



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