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AFORE Y SUBCUENTA DE VIVIENDA

  • Consulta : 249213
  • Autor : lechuga_lechuga
  • Publicado : Jueves 27 de Noviembre de 2014 10:20 desde la IP: 189.217.142.80
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,084
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  • Autor
    Consulta

  • lechuga_lechuga
    USUARIO REGISTRADO

    Desde mediados de el 2006 dejé de cotizar al IMSS y cuento con 125 semanas cotizadas.

    Tengo dos dudas con sus repectivas preguntas:

    - Deseo saber qué sucede con mi fondo de subcuenta y el saldo de mi afore si ya no he cotizado desde el 2006 y no pienso hacerlo más. A que edad puedo retirar dichos saldos, si tengo derecho a que me los den al 100% o qué porcentaje me darían y cuál es el proceso a seguir.

    - Si cotizo por un año antes de los 60 años puedo pensionarme ante el IMSS?

     

    Gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 370697

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Con 125 semanas cotizadas y si piensas cotizar otras 52 (un año) antes de los 60 años, sumarían 177, por lo que no podrás pensionarte de ninguna forma.

    No dices tu edad ni cuándo cotizaste por primera vez, por lo que en este punto no se puede dar una mejor orientación.

    Por otro lado, en caso de que ya no vuelvas a cotizar o que que tus cotizaciones sean insuficientes para obtener pensión, el saldo de tu cuenta lo podrás retirar cuando llegues a los 60 años, a esta edad los saldos 97 que tengas y a los 65 los saldos 92.



  • Autor
    Respuesta No: 370762

  • lechuga_lechuga
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    tengo 38 y empece a cotizar a los 23 aprox pero no de manera continua. cuantas semanas tengo que tener para poder pensionarme, otra duda el saldo de mi afore y subcuenta me los dan a los 60 años en que porcentaje? gracias por responder



  • Autor
    Respuesta No: 370768

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Si comenzaste a cotizar hace 15 años, es decir en 1999 después del 1 de julio de 1997, te regirás bajo la ley 97 del IMSS.

    Esto quiere decir que para pensionarte deberás acumular al menos 1250 semanas cotizadas, unos 24 años.

    Al empezar a cotizar después de la fecha indicada, es de suponer que no tienes saldos SAR 92 ni INFONAVIT 92.

    Y en cuanto a tus saldos de Retiro 97, CV 97 e INFONAVIT 97, los podrás retirar totalmente a los 60 años una vez que el IMSS te niegue la pensión.



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