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LIQUIDADCIóN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
- Consulta : 184700
- Autor : luisitoalvarez_1992_NR
- Publicado : Martes 29 de Enero de 2013 11:55 desde la IP: 189.227.224.213
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,080
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 29 de Enero de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 300508
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Fecha de respuesta: Martes 29 de Enero de 2013 17:26 2013-01-29 17:26 desde IP: 201.141.253.183
Hola, la liquidacion debe ser pactada por ambos ex-conyuges, pero como uno de ellos ha muerto deben pactarla el albacea y herederos de dicho difunto; en otras palabras, primero deben tramitar la sucesion del conyuge difunto para que una vez nombrado el albacea y reconocidos los herederos sean estos los que convengan con la otra persona la forma de liquidar la sociedad conyugal.
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