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SE PUEDE DEMANDAR POR INCUMPLIMIENTO DE FINIQUITO??
- Consulta : 242812
- Autor : hetzaunik_NR
- Publicado : Miércoles 24 de Septiembre de 2014 11:20 desde la IP: 189.217.43.25
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,081
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 24 de Septiembre de 2014
Estado de Referencia: Estado de México
Hola muy buenos dias!! Mi pregunta como lo dice el titulo es esa yo renuncie el 5 de abril del presente año y es la fecha q no me lo han dado , argumentan que la empresa no tiene presupuesto para eso , solo para finiquitos de menos cantidad , de cinco mil para abajo ; el mio no rebasa los diez mil pero pues yo ya me siento desesperada y con miedo que no me lo den pues al parecer la empresa esta en numeros rojos.
Agradesco mucho su tiempo y reciba un cordial saludo.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 366358
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Fecha de respuesta: Miércoles 24 de Septiembre de 2014 11:24 2014-09-24 11:24 desde IP: 189.211.135.22
Si, si puede demandar por el pago del finiquito; tiene un año, contado a partir del día siguiente al que renunció para iniciar las acciones legales.
Acuda a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, en donde la asignarán a un abogado de oficio que se encargue de presentar la demanda y seguir el juicio.
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