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DERECHOS TRABAJADOR POR HONORARIOS

  • Consulta : 100220
  • Autor : admon93
  • Publicado : Lunes 31 de Enero de 2011 20:46 desde la IP: 201.153.155.146
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,079
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  • Autor
    Consulta

  • admon93
    USUARIO REGISTRADO

    Trabajo por honorarios desde hace 5 años en una empresa de consultoria, ocupabamos una oficina fisica y ahora trabajamos desde casa,  mi directora me ofreció pagarme la mitad del sueldo fijo por los trabajos administrativos que realizo y la otra mitad variable por la participación en proyectos y venta de cursos.  ¿Puede bajarme mi sueldo?

    Yo en casa he tenido que hacer adecuaciones, contratar una linea telefonica nueva, y no cuento con un espacio adecuado para trabajar.

    Me ofreció medio tiempo pero no ha especificado horario, a veces son las 7pm y me siguen enviando correos para atender.

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 208087

  • SHREK
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Estimado consultante, en respuesta le comento

    En el supuesto que usted estuviera persiviendo ingresos por honorarios, la persona ya sea fisica o moral no tiene derecho para bajarle o regatiar  el costo de la asesoria profesional que le esta brindando (no puede bajarle el importe de sus percepciones), solo que usted estuviera de acuerdo que para no perder el cliente hacepte hacerle una rebaja en sus asesorias ya que esta practica esta regulada en el art. 110 fracc. V. Cabe señala que en una relacion de honorarios usted no debe estar sujeto cumplir un horario de trabajo, a estar sujeto a realizar su actividad en las instalaciones de la empresa, a estar subordinado (bajo el mando de un jefe). 

    Pero en todo caso por lo poco que comenta usted esta sujeto a una relacion laboral ya que presumo que cumple o cumplia con un horario de trabajo, esta subordinado (tiene un jefe), persive un sueldo, no un ingreso por asesorias profesional, a donde esta practica la usan los patrones para eludir sus responsabilidades para pagar prestaciones de ley como es imss, infonavit, aguinaldo y demas prestaciones consagradas en la ley federal del trabajo; ya que esto lo llevan a cabo bajo el amparo de un contrato de prestacion de servicios "honorarios", por lo cual le comento que no le deben bajar su sueldo, debe checar si le han cubierto sus prestaciones de ley en su totalida, de no ser así le sugiero hacerse asistir de un abogado laborista para que lo asesoren al respecto.

    Y quedamos en espera de alguna otra opinion de nuestros amigos abogados.



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