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VENTA DE DEPARTAMENTO
- Consulta : 166779
- Autor : monikspellman_NR
- Publicado : Lunes 27 de Agosto de 2012 10:21 desde la IP: 189.248.182.126
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,080
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 27 de Agosto de 2012
Estado de Referencia: Tamaulipas
Hola buenos dias necesito urgentemente una respuesta a mi consulta pues estoy a punto de adquirir un departamento, el detalle es que la inmobiliaria que me lo vende me dice que la ex dueña aun vive ahi, pues la señora supuestamente perdio la casa al no pagar y hacer caso omiso a los requerimientos y que la casa se remato, pero ahi esta viviendo me piden 20 mil pesos para apartarla y comenzar los tramites de cambio de papeles dicen que ellos compraron la casa en el remate que se hace al perder la casa la sra. y que me tardarian en entragar el depto, entre 4 y 6 meses. Es posible que sea cierto esto? mi duda es por que la señora si ya se remato su casa aun sigue habitandola?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 282520
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Fecha de respuesta: Lunes 27 de Agosto de 2012 10:30 2012-08-27 10:30 desde IP: 201.103.122.15
Esto puede ser una venta de remate judicial o un fraude.
Necesariamente tendrás que asistirite de un Lic. en Derecho de TODA TU CONFIANZA para que verifique toda la información y documentación para hacer dicha operación.
Probablemente sólo te hagan una cesión de derechos litigiosos y tú tendrás que continuar con el juicio y precisamente para ello necesitas un perito en la materia que verifique que efectivamente hay un juicio favorable de los acreedores, pero no son 4 a 6 meses para obtener la posesión, pueden ser varios años...
No entregues ni un peso hasta que se revise la documentación, por muy atractivo que suene el negocio, puedes quedarte sin tu dinero...
Suerte!
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Autor
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AutorRespuesta No: 282525
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Fecha de respuesta: Lunes 27 de Agosto de 2012 10:46 2012-08-27 10:46 desde IP: 189.237.222.97
hola buenos dias lo que puedes hacer al adquirir ese departamento seria que la inmobiliaria y tu realizaran un contrato de promesa de compravena, puedes ir con un notario a que te lo haga, o bien, en esta pagina hay muchos solo lo tendrias que llevar ante el notario para que certifique las firmas y te sale mas barato; con tu problema de desconfianza lo que puedes hacer es que se pone una clausula que diga lo sig: ¨los contratantes estan obligados a repar el daño en caso de eviccion, dolo, mala fe,etc¨ y por la mujer que dices que no se quiere salir, al tu adquirir el bien inmueble puedes hablar bien con la señora y decirle que no la quieres perjudicar pero que si no se sale interpondras una querella por allanamiento de morada o despojo
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Autor
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AutorRespuesta No: 282531
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Fecha de respuesta: Lunes 27 de Agosto de 2012 11:11 2012-08-27 11:11 desde IP: 187.194.44.144
Mira, en un contrato de compraventa, una de las principales obligaciones de vendedor es entregar la cosa vendida y esto no puede cumplirse si un tercero está ocupando el inmueble. Por tanto, simplemente no te conviene comprar una casa, cuya posesión no la tiene el vendedor, porque únicamente te traerías problemas, que si bien se pueden resolver te costará tiempo y dinero antes de que veas solución.
Ahora, que si efectivamente te interesa mucho la casa, y estás dispuesto a esperar un tiempo en lo que la inmobiliaria logra desalojar a la ocupante entonces lo que debes hacer es lo siguiente:
Debes de celebrar un contrato de compraventa sijeto a condición suspensiva consistente en que el inmueble quede desocupado en 4 meses por ejemplo. Ello, toda vez que si en 4 meses no se desocupa el inmueble, entonces la obligación caduca y no existe responsabilidad para ninguno de los contratantes, sin embargo mientras vencen los 4 meses, tú como beneficiario de la condición tienes derecho e interés para ejercitar acciones que defiendan tu posible derecho. Además si al día siguiente de haberlo celebrado se desocupa entonces no tienes que esperar a que pasen los 4 meses, tu ya podrás exigir el cumplimiento del contrato.
Lo anterior, ya qu eun contrato de promesa de compraventa no te conviene, ya que si lo celebras para que la constructora se olbigue a venderte el inmueble en 6 meses, si al mes se desocupa el inmueble, la inmobiliaria no está obligada a venderte sino hasta que transcurran los 6 meses, lo que atí no te conviene, y en cambio si lo celebras como te aconsejo, si antes de los 4 meses o 6 el tiempo que fijen se desocupa, tu inmediatamente podrás exigir el cumplmiento.
Y en cuanto a lo que dijo el primer forista no se te podrán ceder derechos litigiosos, pues si está en remate el bien, entonces ya no es suceptible de celebrarse una cesión de derechos litigiosos, pues ésta únicamente se puede celberar desde la contestación de la demanda, hasta que se pronuncie sentenca ejecutoria, y el remate se da posteriormente a la sentencia ejecutoria.
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Autor
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AutorRespuesta No: 282536
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Fecha de respuesta: Lunes 27 de Agosto de 2012 11:36 2012-08-27 11:36 desde IP: 189.237.222.97
por lo que dice la persona que esta consultando la inmobiliaria tiene la posesion al dirigirse a la persona (la señora) como ex dueña, lo que no entiendo es por que entonces la inmobiliario no interpone una querella, tal vez no esta bien redactada la pregunta; tienes que ver en que condicion se encuentra el inmueble por que de este modo no se te podra dar una respuesta acertada
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