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MEGUSTARIA SABER CUANTO TENDRIA QUE PAGAR DE ISR EN CASO DE VENDER MI CASA
- Consulta : 179578
- Autor : pacotorres8008_NR
- Publicado : Sábado 08 de Diciembre de 2012 08:58 desde la IP: 187.242.113.114
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,078
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 08 de Diciembre de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 294830
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Fecha de respuesta: Sábado 08 de Diciembre de 2012 09:12 2012-12-08 09:12 desde IP: 141.0.8.156
El concepto de renta implica beneficio. Se requiere la practica de un avalúo para saber el precio actual y asi conocer cuanto está Usted ganando por dicha venta, de ello depende.
Acuda con el Notario Público, el es el encargado de retener dicho impuesto y reportarlo a la SHCP, esta retención la efectuara al momento de la operacion de compraventa.
Insisto, pregunte al Notario, tal vez pueda darle en forma provisional un estimado.
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Autor
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AutorRespuesta No: 294840
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Fecha de respuesta: Sábado 08 de Diciembre de 2012 10:21 2012-12-08 10:21 desde IP: 187.201.112.58
pacotorres8008:
El impuesto se causa por la diferencia del precio de venta respcto del precio de compra.
Obtenga la diferencia y cualcule el impuesto aplicando las tablas del I.S.R..
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Autor
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AutorRespuesta No: 294845
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Fecha de respuesta: Sábado 08 de Diciembre de 2012 10:44 2012-12-08 10:44 desde IP: 141.0.8.156
El criterio del forista inmediato anterior es acertado. el ISR es la diferencia del precio de venta respecto del precio de la compra, por eso se requiere un avaluo de parte del notario para soportar el monto de retencion de dicho impuesto.
Pero si como lo plantea dicho forista, es necesaria la aplicacion de las tablas del ISR. entonces se sugiere señale Usted en este foro el precio de compra y pida de favor al forista aplique dichas tablas para que Usted tenga conocimiento de cuanto es lo que deberá cubrir por tal concepto.
Con todo respeto.
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Autor
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AutorRespuesta No: 294851
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Fecha de respuesta: Sábado 08 de Diciembre de 2012 11:12 2012-12-08 11:12 desde IP: 187.201.112.58
pacotorres8008:
El forista ultra tiene la gran idea de que yo le calcule el impuesto a pagar, pero de mi parte redondeo tal idea con la de que el forista ultra pague los honorarios que le debo cobrar por tal trabajo, y que los pague por anticipado.
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Autor
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AutorRespuesta No: 294854
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Fecha de respuesta: Sábado 08 de Diciembre de 2012 11:23 2012-12-08 11:23 desde IP: 141.0.8.156
Por eso estoy remitiendo al pretensor ante notario, para que le de un estimado a pagar, no es mi intencion producirle agravio al forista pacotorres 8008. Pero si el remite a las tablas de que al respecto indica la ley, da a entender que requiere del costo inicial para dar una respuesta completa.
No se incomede colega, no es mi intencion molestarle en absoluto. si así fue, pido a Usted una disculpa.
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Autor
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AutorRespuesta No: 294856
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Fecha de respuesta: Sábado 08 de Diciembre de 2012 11:27 2012-12-08 11:27 desde IP: 189.232.203.234
Por esa cantidad y si habitaba la casa no paga ningun impuesto.
Ingresos exentos de impuestos
Los ingresos que obtenga por la venta de su casa habitación se encuentran exentos de los
impuestos sobre la renta (ISR), empresarial a tasa única y al valor agregado.
Para efectos del ISR se encuentra exento el ingreso que obtenga por la venta de su casa
habitación, siempre que no exceda de un millón quinientas mil unidades de inversión y la
operación se realice ante notario o fedatario público. Por el excedente se determinará,
en su caso, la ganancia para calcular el pago provisional y el impuesto anual correspondiente.
El cálculo y el entero del impuesto que corresponda al pago provisional lo realizará el notario o
fedatario público que formalice la operación.
La exención citada es aplicable siempre que durante los cinco años anteriores a la fecha de
enajenación no haya vendido otra casa habitación por la que obtuviera la exención
correspondiente, y además manifieste bajo protesta de decir verdad ante el notario público que
formalice la operación que no vendió otra casa habitación durante ese periodo.
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